25/11/08

Lecturas del control municipal: La Regulación de los Agroquímicos

por Antonio A. Adamini

Luego de reiteradas denuncias del Foro Ambiental de General Viamonte porque aeronaves y mosquitos pulverizadores atraviesan el espacio aéreo y terrestre de la Planta Urbana de Los Toldos, el municipio comenzó a desempolvar la ordenanza que regula el uso y acopio de agroquímicos. La primer medida que activó la Ordenanza Nº 2.642, sancionada el pasado 7 de Agosto de 2007, fue la creación de un registro obligatorio para expendedores, aplicadores y transportistas de agroquímicos. Si bien siempre es saludable que se activen los resortes normativos, la Ordenanza requiere un control estricto del estado sobre la manipulación de productos químicos y biológicos, en resguardo de la salud de toda la población, que hoy está en duda.




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De acuerdo al Informe de Prensa Nº 192 de fecha 21 de octubre del corriente año, el Municipio de General Viamonte a través de la Secretaria de Medio Ambiente abre un REGISTRO OBLIGATORIO para expendedores, aplicadores y transportistas que manipulen y tengan vinculación con el uso de Agroquímicos, bajo sanción de prohibir la actividad de quienes no cumplan. Dicho requisito comenzó a desarrollarse a partir del pasado 22 de Octubre en el espacio de la Cabina Sanitaria de Los Toldos, ubicada en calles Diagonal Arzuaga y LN Alem (próximo a la estación ferroviaria).

Escenarios

El descomunal avance del sistema agroindustrial que está vivenciando nuestro campo expone nuevos escenarios y factores consecuentes que comienzan a reconocerse desde la última década. El avance tecnológico sin igual en maquinarias de implementación; la amplitud de demandas en el comercio exterior; y la revolución genética de la producción cerealera, ha transformado rotundamente al mundo agropecuario.
La magnitud del avance industrial ha acrecentado la modificación del escenario de lo que era el campo conocido. Una de las consecuencias del nuevo sistema productivo es la incorporación de nuevos territorios para la producción sojera, y su aproximación sobre los centros urbanos. Esta incorporación de hectáreas que ha aumentado notablemente la producción y por ende la exportación de nuestro país (generando superávit comercial sin precedentes) aumenta inevitablemente el uso de agroquímicos para llevar adelante una producción “más eficiente”, y es aquí donde reside uno de los “quits de la cuestión”. Hoy en nuestro país existen más de 16 millones de hectáreas dedicadas al cultivo de soja transgénica y un consumo anual estimado de 160 millones de litros de glifosato, que es el químico más emblemático. La vinculación entre la soja transgénica y el Round up es directa, y se ensambla en una dependencia genética y comercial que no oculta la necesidad del uno con el otro.

Como en todo progreso, las nuevas olas deben ser contempladas por nuevas normativas que regulen el uso y comercialización de los productos a utilizar; y sobre todo si estos son químicos y biológicos. Más aún si estos fertilizantes, fungicidas, insecticidas, herbicidas, etc. son utilizados en cercanía de la población. El aumento de producción sojera aumentó directamente el uso de agroquímicos; y si se considera la toxicidad de los mismos, debe ser entendible la reparo en las normas de control.

El nuevo escenario productivo trajo aparejado al inédito superávit comercial, la presencia de alarmas en los ámbitos de la salud: Malformaciones genéticas, epidemias dérmicas y bronquiales, afecciones al sistema nervioso central, modificaciones endocrinas, cáncer en niños y adultos, inconvenientes reproductivos, que han comenzado a ser recurrentes en ciertos centros de atención médico de las provincias de Santa Fe, La Pampa, Córdoba y Buenos Aires (núcleo productivo agro exportador). Hay que especificar que las consecuencias que comienzan a vislumbrarse en el uso masivo de químicos sobre los campos no se acota a consecuencias en los seres humanos sino que obviamente está modificando toda flora y fauna existente que es expuesta a su aplicación. Llamativamente, estos casos son negados o puestos en tela de juicio en su credibilidad por quienes más peligro corren, vinculando las denuncias a “cuestiones ideológicas”. No se quiere ver lo que sucede. Y a la par, surgen dilemas que posicionan a la salud frente a la rentabilidad; grupos ambientalistas que proclaman “Paren de Fumigar”, frente a políticas estatales de máxima eficiencia para triplicar la producción agropecuaria a 2020. Lo más claro en todo esto es que hay que estar alerta y tomar las precauciones del caso: La situación es muy delicada para todos.

La normativa en General Viamonte

Luego de las preocupaciones de un grupo de vecinos y profesionales convocados en el Foro Ambiental de Gral. Viamonte, el Intendente Bartoletti y el Concejo Deliberante local se hacen eco de las demandas de prevención sobre la regulación del uso de agroquímicos. De la sesión del 25 de Julio de 2007 surge la Ordenanza Nº 2642 (sancionada en Agosto) que pretende establecer la reglamentación para “los actos derivados de la fabricación, almacenamiento, transporte, expendio, utilización y aplicación de productos químicos y biológicos (comúnmente llamados agroquímicos) que se empleen en las prácticas agrícolas y en tratamiento en zonas urbanas del Partido de General Viamonte”. “CONSIDERANDO que es necesario que nuestro municipio adopte su reglamentación (…); Que se hace imprescindible prevenir problemas sanitarios a la población; Que los peligros para la salud humana originados por el mal uso de fertilizantes y agroquímicos, son graves y a veces irreparables; Que evitar la contaminación de alimentos y medio ambiente; como agua, suelo, y aire es necesario y urgente...” Se sanciona la misma.
Es ésta, junto a la Ley Provincial 10699/88 y su decreto reglamentario Nº 499/91, las figuras legales que regulan todo lo vinculado a agroquímicos.

En rigor de verdad, durante más de un año la normativa estuvo archivada en nuestro municipio, como la Ley Provincial desde 1988. Al fin, y acorde al Art. 4 de dicha ordenanza, el Municipio activó el pasado 22 de octubre un registro obligatorio para quienes utilicen, apliquen vía aérea o terrestre, vendan o tengan vínculo con el uso de agroquímicos. Según se informó, es un “primer paso” para regularizar la actividad. Inscribir para conocer, regular y poder establecer el vínculo.

Es muy común para todos los toldenses ver aviones pulverizadores surcando el cielo local, sobrevolando el centro de la ciudad y por supuesto la periferia. Igual de común es convivir con el paso de los “mosquitos” fumigadores terrestres. La ausencia del control al respecto determina que la ordenanza fue aprobada sin concretar los recursos necesarios para tal fin. Lo que la transforma en una normativa a medias. O sea, se establecen las pautas, pero nadie se encarga de que se cumplan.
En su Art. 21 la Ord. dice: “el espacio aéreo correspondiente a la zona urbanizada municipal será aérea restringida al paso de aviones con equipos de aplicación de biocida. Las empresas agro-aéreas deberán operar a una distancia no menor a los 2000 metros de dicho radio, no pudiendo sobrevolarlo después de haber agotado su carga”. No solo no se puede sobrevolar la Planta Urbana, sino que además no puede fumigarse a un radio de 2 km de la misma.
La Ordenanza en su Art. 22 dice: “La circulación y el establecimiento de equipos pulverizadores terrestres, autopropulsados o de arrastre, será restringida de la zona urbana. Únicamente podrá utilizarse el desvío del TRANSITO PESADO para el cruce de la ciudad., o para el ingreso a la misma en el caso de reparaciones que excluyentemente deban hacerse en zona urbana, en estos casos deberán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores. En todos los casos se entiende que deberá transitar sin los productos activos en difusión dentro de los tanques de depósito”. Aquí surge un problema inherente vinculado al depósito de los pulverizadores terrestres. Si estos no pueden ingresar a nuestra localidad ¿Dónde se les guardaría? Pues bien, esta respuesta debe darla el municipio a través de acciones concretas en la definición de una “zona de sacrificio”, como le llaman al “garaje de mosquitos” ya que allí, ya nada más crecerá.

Otra cuestión a tener presente es el destino que se le da a los envases de agroquímicos luego de ser utilizados. Acorde a los Art. 31 y 32 de la Ordenanza Municipal, los mismos deben ser lavados tres veces y perforados para su inutilización; para luego se depositados en un predio definido a la espera de que una empresa correspondiente los retire definitivamente con destino a su eliminación o reutilización. De ninguna manera deben ser cortados, como se hace comúnmente, para usarlo de bebedero, etc. O ser reutilizados. El aumento del consumo de agroquímicos, hace que la manipulación de sus envases también se transforme en una zona de preocupación. Hay mucho más por tratar al respecto, pero limitémonos a estos puntos por el momento.

Lo que viene

En los últimos tiempos en nuestro país, la actividad de aplicación de pulverizadores ha sido cuestionada por gran parte de la ciudadanía, y el tema a tomado lugar en muchos medios de comunicación. Organismos oficiales y privados han desarrollado encuentros para tratar la cuestión y definir distintas disposiciones que garanticen un manejo seguro y responsable del material utilizado, tanto para la seguridad de los aplicadores como de la ciudadanía.
La necesaria preocupación ambiental por el cuidado del medioambiente como de nuestra salud recién comienza. Los municipios de localidades como la nuestra, como las empresas privadas vinculadas, deben comprender que la regulación de estas problemáticas serán necesariamente exigidas por la población en forma creciente y requerirá de funcionarios capacitados para decidir y tomar acciones políticas en materia ambiental. Seriedad, compromiso, estudios, originalidad, respeto y debates honestos serán necesarios para lograr la convivencia que parece inevitable entre quienes vivimos sumergidos en el corazón del espacio agroindustrial.
Pero hay algo decisivo: Se debe priorizar el respeto por el otro. Nadie tiene derecho a joderle la vida a los demás. Un grado de coherencia basta para elegir el cuidado de la vida, la biodiversidad y el ambiente sano. Siempre.


FUENTES:
-WWW.GRR.ORG.AR
-USO DE AGROQUÍMICOS EN LAS FUMIGACIONES PERIURBANAS Y SU EFECTO NOCIVO SOBRE LA SALUD HUMANA. Por Jorge Kaczewer, médico (UBA)
-COSECHARAS TU SIEMBRA / Charla con los doctores D. Gianfelicci y D. Verseñassi:
Publicado el: 12/05/2006 GILDA GARCIA enREDando.org.ar




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ANEXOS:

1-. UTILIZACION DE AGROTOXICOS EN ARGENTINA
2-. ARTICULOS Nº 41 Y Nº 43 DE CONSTITUCION ARGENTINA
3-. LEY PCIAL Nº 10.699
4-. DECRETO REGLAMENTARIO Nº 499/91
5-. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2642




1-. Utilización de agrotóxicos en Argentina

Entrevista realizada a Adolfo Boy, Ingeniero Agrónomo e integrante del Grupo de Reflexión Rural - Abril de 2006 - Por María Inés Aiuto.


- Defina la palabra Agrotóxico


Es un tóxico que se usa para la agricultura o para la ganadería. Muchos agricultores suelen decir: tengo una plaga, necesito un remedio y para la gente el remedio es algo bueno. Por eso nosotros evitamos esa palabra porque no es un remedio, es un tóxico.

- Clasifique los agrotóxicos más utilizados

Herbicidas: se utilizan para eliminar malezas. Hay distintos tipos: para hoja ancha; para hoja angosta; herbicidas totales (ejemplo: glifosato, mata todo lo que tenga clorofila); hormonal y de contacto. El más utilizado a nivel mundial y nacional es el herbicida glifosato para la soja que es la que más se pulveriza. En Argentina se calcula que estamos usando 160 millones de litros. Tenemos más de una docena de pequeñas formuladoras de glifosato que generalmente es importado de China. Esa droga la dosifican y le agregan adherentes para que cuando se pulverice se pegue a la hoja, para que se distribuya mejor usan una especie de detergentes y para que sea más eficiente en la absorción de la planta se le agregan algunos compuestos.
El glifosato puro, de acuerdo a los manuales y registros, se clasifica como inofensivo para el hombre. Sin embargo, cuando se formula, cuando se le agregan adherentes empiezan los problemas. Entonces hay que diferenciar el glifosato puro que nadie usa y el glifosato formulado que es el que se usa normalmente. En estado puro sería imposible de usar ya que siempre hay que diluirlo y para que sea eficiente se usan estos agregados. Entonces, es
casi imposible definir qué es lo que se está usando. Además, el glifosato no es selectivo. Hay herbicidas que son hormonales como el 2-4 D que sirve para hoja fina, al trigo no le hace nada pero mata lo que sea hoja ancha, es decir, tiene un sistema de trabajo que penetra en la planta a través de las hojas anchas y no afecta a las hojas finas como el trigo o el pasto. Ese sería selectivo, en cambio el glifosato no es selectivo, mata todo lo verde. Las Soja RR de la transnacional Monsanto es resistente al glifosato porque tiene un sistema que puentea la acción. Pero hay genes de resistencia que generan la forma de resistencia. De lo contrario, sea un árbol, un tomate, una flor o una maleza cualquiera la va a matar.

Insecticidas: se le dice insectos a todo bicho que camina pero no lo son, por ejemplo, hoy una de las plagas más grandes en la soja son los caracoles y las babosas que son moluscos, sin embargo se dice utilizar “insecticidas” cuando se deberían llamar “molusquicidas”. Otra plaga que también es nueva que ha dado lugar el sistema de siembra directa ya sea de soja o maíz, es el bicho bolita, que tampoco es un insecto, es un crustáceo. Todos estos agrotóxicos se denominan insecticidas. Se usan sólo cuando aparece una plaga. Con respecto a los insecticidas, hoy se está utilizando para la soja un nuevo grupo que en principio parecían los más seguros: los Piretroides. La flor crisantemo produce un insecticida natural que es el piretro. Cuando se sintetiza la molécula se crean lo Piretroides. Hay una gran variedad y se están usando en gran cantidad en la soja, pero hoy se tiene certeza que no son tan seguros como se creía. También como insecticida se usa el Endosulfán que es un clorado. Esta droga se ha encontrado en el grano de la Soja Solidaria que se reparte en los comedores de
nuestro país. El Endosulfán se usa sobre todo para combatir las orugas.

Funguicidas: se utilizan para enfermedades causadas por hongos y de uso preventivo. En la actualidad se ha hecho una gran difusión para la utilización de productos contra la roya de la soja, entonces cuando aparecen manchas similares al oxido en las plantas hay que pulverizar. Se ha considerado que los fungicidas son menos dañinos que los insecticidas, sin embargo muchos países están prohibidos algunos de ellos, como los carbamatos. Los derivados de los carbamatos son productos que se creían seguros, es decir, que se podía pulverizar y comer, pero se han encontrado residuos en frutas y hortalizas. No se han encontrado residuos de funguicidas en soja.

Otros agrotóxicos que se están usando en la actualidad son los llamados efecto de segunda generación porque muchos de ellos son disruptores hormonales, como el 2-4 D. Si uno analiza a una persona no le encuentra ningún residuo ni efecto de agrotóxicos, pero sí lo encuentra en su descendencia. Esto se ha probado en aves, ratones, mamíferos e incluso cada día se ven más niños con malformaciones y deficiencias.

Fertilizantes: no los clasificamos como tóxicos porque en general se aplican en la tierra y no con la intención de intoxicar a nadie sino supuestamente de nutrir a la planta, sin embargo últimamente también se los está utilizando en pulverizaciones (distribución con agua). Pero salvo casos aislados nunca hemos tenido denuncias de intoxicación de personas con fertilizantes. Algunos de ellos se aconsejan usarlos con guantes porque son cáusticos. Sabemos que en toda la zona de cinturón verde de la Plata, Rosario y donde hay invernáculos o cultivos hortícolas, las napas de agua están contaminadas con nitritos o nitratos que vienen de los fertilizantes que se aplican a la tierra porque son lavados por la lluvia. Los nitratos y nitritos son perjudiciales para la salud por lo tanto esas aguas no se deberían tomarse.

- Defina los productos biológicos

Se utilizan casi exclusivamente en la producción orgánica o biológica y son naturales. Por ejemplo, el Basillus thuringensis (BT) es un insecticida biológico natural que se usa en la producción orgánica hace 100 años. El Basillus thuringensis es un cultivo de esa bacteria. Todos los organismos vivientes tienen una forma de resistencia y esta bacteria tiene la capacidad de pasar a ser casi un polvo, entonces se pulveriza o se distribuye con agua y controla fundamentalmente las isocas. Hoy la inicial BT es la que caracteriza a algunos maíces BT porque se le ha introducido un gen a la planta de esta bacteria. El problema de los productos biológicos u orgánicos es que son muy lentos y si hay algo que caracteriza a la agricultura de commodities o comercial es la rapidez: el bicho tiene que morir ya. Sería lo deseable que se usen pero no se hace. También existen los llamados fertilizantes biológicos que son los abonos orgánicos. Nosotros no los llamamos fertilizantes porque estos son productos químicos.

- ¿Cuáles son los soportes para la aplicación de agrotóxicos?

El más tradicional era la famosa mochila o incluso la maquinita como un pistón que va a pulverizando. En la actualidad están reducidos a tres: el avión, los mosquitos o máquinas autopropulsadas y las máquinas de arrastre.
Normalmente los productos se aplican en forma de líquidos. Con respecto a esto, hay una expresión incorrecta cuando se usa la palabra fumigar ya que viene de fumo –humo- y ninguna de estas máquinas hacen humo sino que son pulverizadores. Cuánto más pequeña sea la gota ese rocío se asemeja a un aerosol y mayor es la posibilidad de deriva que es una de las características de la pulverización del avión.
A diferencia del mosquito y de las máquinas de arrastre, el avión usa gotas muy pequeñas por su capacidad limitada de depósito, entonces tira prácticamente droga pura. Si para pulverizar una hectárea se necesita echar un litro de insecticida x, el avión por hectárea echa 1 litro más 4 litros de agua, es decir 5 litros por hectárea. En cambio un mosquito tira el mismo litro de insecticida por hectárea pero disuelto en 30, 40 o 50 litros de agua y la máquina de arrastre usa por hectárea 1 litro disuelto en 100 litros de agua. Esto significa que hay menos peligro de deriva. Es decir, el avión no debería utilizarse cuando hay un mínimo viento porque la gota es tan pequeña que un simple viento la puede llevar a un campo vecino o sobre personas o casas. El equipo de arrastre es el más seguro porque la gota es más grande. Además, en general para echar herbicidas no se recomienda el avión porque el secreto de un buen tratamiento es que la planta quede perfectamente cubierta por el herbicida, entonces cuanto más agua se usa es mejor. Por otro lado, el avión tiene limites de altura y hay pilotos que son suicidas que van a dos o tres metros de altura, entonces levantan vuelo en el extremo del campo y vuelven, pero se ve en las fotografías que el avión por inercia pasa el
campo y si hay un pequeño viento el producto también lo pasa. Pero, es el avión el que más se usa porque es práctico y no tiene restricciones, por ejemplo cuando llueve aumentan las malezas y con una maquina de arrastre o mosquito no se puede entrar al campo por el barro.

- ¿Qué otros usos tienen los agrotóxicos fuera de las fincas?

- Hoy se sabe que en las vías férreas se usa glifosato y otros herbicidas. Esas vías están por encima del nivel de las casas, con el lavado de la lluvia los residuos de agrotóxicos terminan en los hogares. También se usa en los aeródromos, en los montes frutales, en las calles, en los countries para emprolijar los bordes, en las fábricas para mejorar el aspecto, en los bordes de los caminos y de las autopistas. Fundamentalmente se usa glifosato. En San Pedro, provincia de Buenos Aires, se pulveriza la ciudad y la costa con avión contra los mosquitos. En Córdoba
existe un problema serio de un mosquito que transmite un tipo de meningitis y se ha controlado con agrotóxicos, pero ninguno de estos productos son inocuo, si lo fueran no matarían ni al mosquito.
También se usan mucho en invernáculos para producción hortícola. Al aire libre generalmente las lluvias y el sol mismo descomponen los agrotóxicos, pero en un invernáculo nada de eso sucede, al contrario. Entonces, hoy por ejemplo el apio que se hace en invernáculo tiene cuanto producto químico se pueda imaginar, incluso hormonas de crecimiento.
Es lamentable el uso que se hace a nivel doméstico de los insecticidas, por ejemplo los hormiguicidas que son de venta libre. El hormiguero es prácticamente un túnel subterráneo, si nosotros los usamos inclusive con agua puede contaminar la tierra y luego pasar a las napas de agua. Hay una cantidad de insecticidas hogareños altamente tóxicos.

- ¿Existen otras formas de contaminación con agrotóxicos tras la pulverización?


- En general el movimiento de los cereales produce un polvillo que lleva parte de tierra, parte de sílice y pequeñas partes vegetales, entonces hay todo un polvillo que produce alergia.
Las máquinas para pulverizar que se trasladan dentro de las ciudades pueden perder agrotóxicos que caen sobre el asfalto o la tierra. Luego los vehículos levantan ese polvillo y queda en el ambiente. También quedan en los árboles y cuando llueve puede quedar en los cursos de agua. Otro problema es el lavado de las maquinas que pulverizan, ya que esa agua puede ir a los ríos, a un pozo, a las cloacas.
Con respecto a los envases de agrotóxicos, existe una recomendación donde dice que hay que realizar un triple lavado una vez vacíos, pero no sabe cómo se debe hacer ni qué significa. La mejor recomendación es destruirlo pero no se hace, entonces uno ve que los cortan por la mitad para darle agua o comida a los perros, a las gallinas, a los conejos. También se aconseja reciclarlos y uno ve que los envases se guardan hasta con etiqueta porque hay picaros que compran el envase y ponen por ejemplo, glifosato trucho, en bidones donde la etiqueta no se rompió y lo venden a mitad de precio. Es muy difícil de controlar qué se hace con los envases porque es increíble la cantidad que llevan a los campos para hacer los tratamientos.

- ¿Qué límites debería tener la aplicación de agrotóxicos en zonas urbanas?

- Los límites que se marcan son arbitrarios, si establecen por ley límites de 500 o 1000 metros sin agrotóxicos no sabría explicar el porqué. Lo que hay que definir es qué se hará en esa zona. Lo lógico es tener zonas donde se practiquen otro tipo de agricultura más razonable. Cuando el hombre se agrupó en los pueblos fue rodeándose de los productos más perecederos. Entonces estaban rodeados: 1° de hortalizas 2° de frutas 3° de granjas que da los huevos de las gallinas 4° del tambo con las vacas que da la leche y por último los cereales. Esa distribución racional permitía un manejo más sano de medio ambiente y hoy se debería repetir. Entonces, entre la producción con gran uso de agrotóxicos debería haber una zona donde se hicieran actividades incluso de producción orgánica (sin agrotóxicos) para no contaminar el agua, el medio ambiente, para no matar los árboles, para que la gente no se enferme. Hoy más que nunca la ciudad no se puede desentender del campo y todo lo que se haga en el campo debería tener participación de la ciudad y debe programarse todo de común acuerdo.

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2-. ARTICULOS Nº 41 Y Nº 43 DE CONSTITUCION ARGENTINA

Art. 41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer según establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y las Provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio Nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de losradioactivos."

Art. 43: "Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto y/u omisión de actividades públicas o de particulares que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos o garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el Juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funda el acto u omisión lesiva. Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el Defensor del Pueblo, y las Asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización. Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ellos referido y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos."


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3-. LEY PCIAL Nº 10.699

LEY PROVINCIAL DE AGROQUIMICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LEY Nº 10699/88 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 499/91

Ley 10699

29 de setiembre de 1998

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTÍCULO 1°: Son objetivos de la presente ley la protección de la salud humana, los recursos naturales y la producción agrícola a través de la correcta y racional utilización de los productos mencionados en el artículo siguiente, como así también evitar la contaminación de los alimentos y del medio ambiente.
ARTÍCULO 2°: Quedan sujetos a las disposiciones de esta ley y sus normas reglamentarias dentro del ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la elaboración, formulación, fraccionamiento, distribución, transporte, almacenamiento, comercialización o entrega gratuita, exhibición, aplicación y locación de aplicación de: insecticidas, acaricidas, nematodicidas, fungicidas, bactericidas, antibiótico, mamalicidas, avicidas, feromonas, molusquicidas, defoliantes, y/o desecantes, fitorreguladores, herbicidas, coadyuvantes, repelentes, atractivos, fertilizantes, inoculantes y todos aquellos otros productos de acción química y/o biológica no contemplados explícitamente en esta clasificación, pero que sean utilizados para la protección y desarrollo de la producción vegetal.
El organismo de aplicación podrá ampliar la lista anterior cada vez que surjan nuevas especialidades no contempladas en las nombradas y cuando razones de orden técnico así lo justifiquen.
Asimismo, se encuentran comprendidas las prácticas y/o métodos de control de plagas que sustituyan total o parcialmente la aplicación de productos químicos y/o biológicos, como así también el tratamiento y control de residuos de los compuestos a que se refiere este artículo.
ARTÍCULO 3°: El Ministerio de Asuntos Agrarios será el organismo de aplicación de esta ley, debiendo coordinar su acción con el Ministerio de Salud y estará facultado para hacerlo con otras reparticiones estatales y adoptar las medidas conducentes a fin de cumplir con los objetivos de la misma. También podrá convenir con Universidades y entidades oficiales y privadas, programas de capacitación e investigación especialmente en el manejo y uso de agroquímicos, con el objetivo de aumentar la eficiencia de su aplicación así como disminuir los riesgos de intoxicación y contaminación del medio ambiente.
ARTÍCULO 4°: El organismo de aplicación creará, organizará y mantendrá actualizados registros de inscripción obligatoria, según las normas que se establezcan en la Reglamentación de esta ley, con respecto a fabricantes, formuladores, fraccionadores, distribuidores, expendedores, aplicadores por cuenta de terceros, transportistas y depósitos o almacenamiento de los productos mencionados en el artículo 2°.
ARTÍCULO 5°: Toda persona física o jurídica, con excepción de los transportistas, locadores de aplicación y depósitos o empresas de almacenamiento, cuya actividad quede comprendida en el artículo 2° de la presente ley, tendrá la obligación de contar, conforme a la reglamentación pertinente, con un asesor o director técnico profesional ingeniero agrónomo u otro título habilitante matriculado en el Consejo Profesional de jurisdicción provincial, según determine en la respectiva Reglamentación.
ARTÍCULO 6°: El organismo de aplicación fijará las normas que deberán cumplir todas las personas físicas o jurídicas que tengan injerencia en forma directa o indirecta sobre la actividad apícola en relación a lo que establece esta ley.
ARTÍCULO 7°: Los productos a que se refiere el artículo 2° se clasificarán de la siguiente forma:
a) De uso y venta libre: son aquellos cuyo uso de acuerdo a las instrucciones, prevenciones y modo de aplicación aconsejado, no sean riesgosos para la salud humana, los animales domésticos y el medio ambiente.
b) De uso y venta profesional: son aquellos que por sus características, su uso resultare riesgoso para los aplicadores, terceros, otros seres vivos y el medio ambiente.
c) De venta y uso registrado: son los no encuadrados en las categorías anteriores, cuya venta será necesario registrar a los fines de permitir la identificación de los usuarios.
ARTÍCULO 8°: Queda prohibida la venta directa al usuario y/o aplicación de los productos encuadrados en el artículo 7° incisos b) y c) sin "Receta Agronómica Obligatoria", confeccionada por un asesor técnico profesional ingeniero agrónomo u otro título habilitante matriculado en el Consejo Profesional de jurisdicción provincial, según lo establezca la reglamentación pertinente.
ARTÍCULO 9°: El Ministerio de Asuntos Agrarios retendrá a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires un porcentaje -a determinarse en la Reglamentación- del arancel de la Receta Agronómica Obligatoria que fije el Consejo profesional de jurisdicción provincial. Este aporte estará a cargo del asesor técnico de la misma.
ARTÍCULO 10°: Cuando el organismo de aplicación estimara desaconsejable el empleo de determinados agroquímicos por su alta toxicidad, prolongado efecto residual y/o por cualquier otra causa que hiciere peligroso su uso, gestionará ante la Subsecretaría de Estado de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, su exclusión de la nómina de productos autorizados, sin perjuicio de adoptar en forma inmediata las medidas necesarias para el resguardo y preservación del medio ambiente, personas y bienes.
ARTÍCULO 11°: La aplicación de plaguicidas sobre cultivos, especialmente horti-fructícolas, que serán cosechados en un período próximo a ésta, deberá suspenderse con la antelación que para cada caso especifique la reglamentación de la presente ley.
ARTÍCULO 12°: Todo producto alimenticio contaminado con plaguicidas en cantidades mayores a los índices de tolerancia que especifique la reglamentación de esta ley, será decomisado y destruído, sin perjuicio de las multas u otras penalidades o acciones que correspondiere.
ARTÍCULO 13°: Las transgresiones a la presente ley y a su reglamentación serán juzgadas y sancionadas por el Ministerio de Asuntos Agrarios, de conformidad a las normas del Decreto-Ley 8.785/77, modificado por el Decreto-Ley 9.571 (Ley de Faltas Agrarias) y las disposiciones del Reglamento aprobado por Decreto 271/78 y modificatorios.
ARTÍCULO 14°: Toda persona física o jurídica, cuya actividad quede comprendida en el artículo 2°, está obligada a permitir y facilitar la inspección de las instalaciones, inmuebles y medios que utilice en cualquier etapa de su correspondiente actividad, a todo funcionario autorizado al efecto por el organismo de aplicación, quien en caso de negársele el acceso pertinente, recurrirá al auxilio de la Fuerza Pública.
ARTÍCULO 15°: Los fondos provenientes de la aplicación de multas, retención de recetas o por cualquier otro concepto derivado de la aplicación de la presente ley, ingresarán a una cuenta especial a crearse. Dichos fondos estarán destinados fundamentalmente al apoyo de las tareas de fiscalización, como así también a la creación y mantenimiento de Centros de Toxología, Análisis de Residuos y al Desarrollo de Programas de Capacitación e Investigación.
ARTÍCULO 16°: Facúltase al organismo de aplicación a coordinar el Poder de Policía en lo relativo a esta ley, con los Municipios que cuenten con la infraestructura necesaria.
ARTÍCULO 17°: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días a partir de la fecha de su publicación.
ARTÍCULO 18°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.


DECRETO 499/91 / REGLAMENTARIO DE LA LEY PROVINCIAL 10699/88

4 de marzo de 1991

VISTO
el Expte. 2.713-837/90, del Ministerio de Asuntos Agrarios, por intermedio del cual se gestiona la aprobación del Proyecto de Reglamentación de la Ley de Agroquímicos 10.699; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto dotar a la comunidad de un instrumento legal que tienda a la protección de la salud humana, los recursos naturales y la producción agrícola a través de la correcta y racional utilización de los productos que se mencionan en el Art. 20 del referido proyecto;
Que a fs. 26 y 27 se expiden en función de su competencia la Dirección Provincial de Presupuesto y la Contaduría General de la Provincia;
Que a fs. 28/31, obra dictamen de la Asesoría General de Gobierno, quien formula una serie de observaciones al proyecto de reglamentación de fs. 8/22, acompañándose a fs. 33/44, un nuevo texto donde se efectúan las rectificaciones señaladas;
Que a fs. 48, obra nuevo dictamen de la Asesoría General de Gobierno, receptando las observaciones formuladas sin oponer objeciones de orden legal al referido proyecto y a fs. 49, vista del señor Fiscal de Estado;
Por ello,

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

I - ORGANISMO DE APLICACION

ARTÍCULO 1 - El Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola, será el Organismo de las disposiciones de la Ley 10.699.
ARTÍCULO 2 - El Organismo de Aplicación por intermedio de la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola, arbitrará los medios pertinentes que permitan la capacitación y/o actualización de los conocimientos de la disciplina fitoterapéutica de los técnicos del ámbito oficial y privadas, realizándola con su personal o bien mediante convenio con instituciones específicas, oficiales o privadas que se consignan en el Art. 30 de la Ley, con el fin de lograr el correcto uso de los agroquímicos y evitar la contaminación del medio ambiente. los riesgos por intoxicación y alcanzar los objetivos generales mencionados en el Art. 10 de la Ley.
ARTÍCULO 3 - Los profesionales Ingenieros Agrónomos matriculados en el Colegio de ingenieros de la Provincia de Buenos Aires, deberán realizar obligatoriamente cursos de capacitación y/o actualización.
Los pilotos de aplicación aérea y los operarios de aplicación terrestre debidamente habilitados conforme a lo establecido en el Art. 28 estarán también alcanzados por dicha obligación.

II - REGISTRO E INSCRIPCION
ARTÍCULO 4 - Toda persona física o jurídica que fabrique, formule, fraccione, distribuya, expenda y tenga en depósito productos agroquímicos y/o plaguicidas, deberá solicitar su habilitación ante Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola del Ministerio de Asuntos Agrarios, acompañando la siguiente documentación:
a) Solicitud de habilitación.
b) Título de propiedad del local, contrato de locación o cualquier otro título que acredite la legítima tenencia del mismo.
c) Certificado de funcionamiento expedido por el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires cuando correspondiere.
d) Si se tratare de sociedad, copia autenticada del contrato social debidamente inscripto.
e) Permiso municipal de radicación.
f) Plano del local y sus instalaciones.
g) Descripción del proceso de elaboración y depósito.
h) Contrato de prestación de servicios del Director o Asesor Técnico, quedando exceptuados de la obligación de dicha dirección o asesoría técnica los depósitos o empresas de almacenamiento.
ARTÍCULO 5º - Las personas físicas o jurídicas comprendidas en el Art. 2º de la Ley, deberán cumplimentar los requisitos edilicios, de equipamiento y funcionamiento que para cada uno de ellos determine el Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6º - La Autoridad de Aplicación, organizará registros respectivos correspondientes a los tipos de establecimientos, como así también los concernientes a los profesionales dedicados a la Sanidad Vegetal.
ARTÍCULO 7º Concedida la habilitación, se otorgará el certificado pertinente que deberá ser expuesto en lugar visible en forma permanente por el titular del establecimiento.
ARTÍCULO 8º - El cambio de propietario o modificación en la razón social, como así también en la denominación del establecimiento, deberá ser comunicado a la Autoridad de Aplicación dentro del plazo de diez (10) días, adjuntando copia autenticada de la documentación que acredite dicha constancia. El incumplimiento de esta obligación será causal para la pérdida de la habilitación.
ARTÍCULO 9º - El titular del establecimiento deberá notificar en forma inmediata y fehaciente al Organismo de aplicación el cambio de Asesor Técnico y/o Responsable Técnico.
ARTÍCULO 10º - Las personas físicas o jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente reglamentación estén desarrollando cualquiera de las actividades indicadas en el Art. 4º, deberán inscribirse en el registro habilitado dentro de los 60 días corridos siguientes a dicha fecha. Vencido este término, será pasible de las sanciones establecidas en el Art. 13 de la Ley 10699.
ARTÍCULO 11º - Prohíbese elaborar, fraccionar, formular, manipular, tener en depósito, distribuir, transportar o expender agroquímicos o plaguicidas, fuera de los establecimientos habilitados a tal fin.

III ASESOR O DIRECTOR TECNICO
ARTÍCULO 12º - Los profesionales Ingenieros Agrónomos que asesoran a las empresas comprendidas en el Art. 5º de la Ley, deberán inscribirse en el Registro de Asesores Técnicos de la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola, a cuyo fin deberán cumplimentar los siguientes requisitos:
1) Constancia de matriculación en el Colegio Profesional correspondiente de la provincia de Buenos Aires.
2) Contar con certificados de especialización o haber asistido a cursos de capacitación y actualización reconocidos por el Organismo de Aplicación conforme especifica al Art. 30 de la presente reglamentación.
3) Comunicar al Organismo de Aplicación, el cese de su actividad una vez producido.
4) Fijar el domicilio legal dentro de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 13º - Los Ingenieros Agrónomos que a la fecha de entrada en vigencia de la presente reglamentación se encontraren cumpliendo funciones como asesor o director técnico deberá inscribirse en el registro dentro del término de sesenta (60) días corridos contados a partir de dicha fecha y cumplir con el requisito previsto en el Art. 3º
En caso de incumplimiento de esta última obligación, se les dará de baja del Registro notificándose a la empresa contratante.
ARTÍCULO 14º - Cada profesional podrá asesorar hasta tres empresas a la vez, como máximo, siempre que las mismas no disten más de 100 Km. de su domicilio real.
Artículo 15º Los profesionales que actúen como asesores técnicos o directores técnicos de empresas no podrán en el ejercicio de dichas funciones extender recetas agronómicas. Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el párrafo anterior los profesionales Ingenieros Agrónomos que actúen como Directores Técnicos de un solo comercio expendedor de agroquímicos y asesores en forma exclusiva a los productores clientes de dicho comercio.
IV - DE CENTROS APICOLAS
ARTÍCULO 16º - El Ministerio de Asuntos Agrarios, a través del Departamento de Apicultura y Granja, promoverá, orientará y facilitará la formación de Centros Apícolas en conjunto con apicultores, entidades agropecuarias municipales, según normas reglamentarias del Código Rural, sobre la tenencia y explotación de abejas.
ARTÍCULO 17º - Serán funciones del Centro Apícola a los efectos de la presente Ley:
1) Promover la inscripción de los apicultores en su zona correspondiere.
2) Confeccionar un mapa apícola actualizado con los apiarios fijos y migratorios que deberán ser exhibidos en los municipios de su jurisdicción.
3) Funcionar como nexo entre los apicultores y las empresas aplicadoras.
ARTÍCULO 18º - Los Centros Apícolas deberán inscribirse en un registro provincial que dispondrá el Departamento Apicultura y Granja a los efectos de disponer de esta información para ser difundida y/o suministrada a las empresas aplicadoras de agroquímicos.
ARTÍCULO 19º Cuando existan colmenares ubicados a una distancia menor de 3.000 m. de cualquiera de los límites del lote a tratar, las empresas que realicen la aplicación de agroquímicos en forma aérea o terrestre, deberán comunicar la realización del tratamiento al Centro Apícola más cercano, mediante telegrama colacionado con 36 hs. de antelación.
Dichas empresas deberán realizar la aplicación de los plaguicidas dentro del período comprendido desde las 5 y las 10.30 hs. que le siguen al vencimiento de las 36 hs. de comunicación previa. En el caso de no existir Centro Apícola, la empresa aplicadora deberá consultar en los municipios los mapas a que se hace referencia y dar el correspondiente aviso.
ARTÍCULO 20º - Facúltase al Organismo de Aplicación a promover acuerdos zonales y regionales entre los Centros Apícolas y empresas aplicadoras a los efectos de promover la utilización de sistemas de aviso más dinámicos y seguros con el objeto de facilitar la tarea de aplicación y preservar de siniestros a las explotaciones apícolas.

V - EMPRESAS DE APLICACION DE AGROQUIMICOS
ARTÍCULO 21º - Son reconocidas como tales aquellas empresas comerciales que realicen aplicación o locación de equipos dedicados a ello, tanto aérea como terrestre.
ARTÍCULO 22º - Las empresas aplicadoras deberán inscribirse como tales en el Registro que a tal fin se habilitará en la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola, cumpliendo los siguientes requisitos:
1) Presentar la solicitud de inscripción debidamente cumplimentada.
2) Contar con personal dedicado a las tareas específicas, los cuales hayan cumplido con los requisitos establecidos en el Art. 3º
Artículo 23º - Anualmente entre el primero de mayo y el treinta de julio, las referidas empresas deberán inscribirse o actualizar su inscripción en la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola.
Artículo 24º - Es obligación de la empresa aplicadora contar con el seguro correspondiente a la responsabilidad civil hacia terceros vigente en el momento de aplicación.
Artículo 25º - Concretada la inscripción, se extenderá un certificado de habilitación, el que será presentado por el personal que realiza la aplicación ante la autoridad competente toda vez que sea solicitado.
Artículo 26º - Toda modificación en la titularidad, denominación o razón social deberá ser comunicada a la Autoridad de Aplicación dentro del plazo de diez (10) días, adjuntando copias auténticas de la documentación que acredite dicha constancia. El incumplimiento de esta obligación será causal para la pérdida de la habilitación.
Artículo 27º - Dichas empresas, como así también los productos con equipos propios, están obligados a suministrar el personal dedicado a tareas de aplicación, el siguiente equipo de protección. a fin de preservar la salud de los mismos:
a) Mamelucos impermeables a sustancias tóxicas.
b) Máscaras con filtros adecuados al producto a utilizar.
c) Guantes de goma.
d) Botas de goma.
Sin perjuicio de lo señalado, la Autoridad de Aplicación podrá determinar el equipo de protección necesario para cada tipo de producto.
ARTÍCULO 28º - El operario de aplicación y personal auxiliar deberá halíarse habilitado por el Organismo de Aplicación cumpliendo los siguientes requisitos:
1) Solicitud de inscripción, conteniendo los datos personales.
2) Cumplimentar cursos de capacitación y~o actualización en de la aplicación.
3) Certificado de salud extendido por establecimientos oficiales.
Los operarios de aplicación que a la fecha de entrada en vigencia de la presente reglamentación se encontraren desempeñando dicha actividad deberán solicitar su habilitación dentro del plazo de sesenta (60) días contados a partir de dicha fecha, cumplimentando los requisitos mencionados precedentemente.
ARTÍCULO 29º - Las empresas establecerán las condiciones técnicas bajo las cuales se realizarán los trabajos fitosanitarios en formularios especiales o actas de trabajo, que a tal efecto proveerá la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola.
En el caso de que se realizara más de un tratamiento dentro de un mismo campo se harán tantas actas de trabajo como corresponda al número de aquéllos.
ARTÍCULO 30º - Las actas de trabajo deberán ser confeccionadas por triplicado, debiendo quedar de ellas: una copia para cada una de las partes, mientras que el original deberá ser remitido por la Empresa a la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola en el término de diez (10) días desde la ejecución del trabajo.
ARTÍCULO 31º - El operario de aplicación aérea o terrestre debidamente habilitado será el responsable del labrado de las actas de trabajo, firmando las mismas en forma conjunta con el titular de la empresa.
Este último será el responsable legal de la aplicación efectuada.
Quedan exceptuadas de las exigencias del párrafo anterior, aquellas empresas que cuenten con el asesoramiento de un profesional Ingeniero Agrónomo que reúna los requisitos establecidos en el Art. 12, de la presente reglamentación. quien será responsable de la correcta aplicación del terápico y la confección de las actas de trabajo.
ARTÍCULO 32º - Ningún acta de trabajo tendrá validez si no cuentan con la firma del productor o persona autorizada por aquél y la del titular responsable de la empresa, de acuerdo con el Art. 31, las que de esta manera presentarán su conformidad y refrendarán respectivamente, las condiciones técnicas establecidas en la misma.
ARTÍCULO 33º - El Organismo de Aplicación estará facultado, cuando lo considere necesario, a realizar inspecciones con el fin de verificar el cumplimiento de la presente reglamentación, pudiendo asimismo inhabilitar a las empresas que no cumplan con dichos requisitos.
a) Empresas de aplicación terrestre.
ARTÍCULO 34º - Las empresas que se dediquen a la aplicación terrestre de agroquímicos con fines comerciales en el territorio de la provincia de Buenos Aires, deberán dar cumplimiento a las siguientes disposiciones:
1) Los equipos de aplicación terrestre no podrán circular por centros poblados. En caso de extrema necesidad, podrán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores.
2) La realización de los tratamientos de control de plagas en el radio urbano deberán contar con autorización del Organismo Municipal competente y con la Receta Agronómica correspondiente.
3) Inscribir los requisitos terrestres de aplicación, los cuales deberán cumplimentar los requisitos de equipamiento y funcionamiento que determine el Organismo de Aplicación.
b) Empresas de Aplicación Aérea.
ARTÍCULO 35º - Previo a todo trámite, las empresas deberán acreditar su inscripción para realizar trabajos aéreos ante la autoridad competente de la Dirección General de Aeronáutica Civil y haber cumplido con los requisitos exigidos por las leyes que rigen la aeronavegación.
ARTÍCULO 36º - En caso de que una empresa quiera incorporar a su servicio máquinas aéreas que no estén registradas en la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola, la solicitud de inscripción deberá ser acompañada de los correspondientes certificados de autorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
ARTÍCULO 37º - Cuando las empresas deban realizar trabajos que revistan carácter masivo uno o más cuarteles o partidos, deberán requerir la aprobación previa de la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola.
En estos casos especiales y habiendo sido autorizados los mismos, la citada Dirección procederá a impartir a las empresas las normas que estime convenientes a fin de satisfacer los fines perseguidos, de los artículos de la presente reglamentación, referente a la extracción de muestras y labrado de las actas de trabajo.
ARTÍCULO 38º - Las empresas aplicadoras deberán operar a una distancia no menor de 2 Km. de centros poblados, no pudiendo sobrevolarlos aun después de haber agotado su carga.
Se exceptúa de esta prohibición a las aplicaciones aéreas destinadas al control de plagas urbanas autorizadas específicamente por el Organismo Municipal competente, así como los casos que establezcan los organismos oficiales. La misma deberá contar con la Receta Agronómica.

VI - DE LA RECETA AGRONOMICA
Artículo 39º - El Organismo de Aplicación, por intermedio de la Dirección de Sanidad Vegetal y Fiscalización Agrícola, tendrá a su cargo la confección, distribución y venta de los formularios de la Receta Agronómica obligatoria como así también su fiscalización.
ARTÍCULO 40º - La Receta Agronómica comprenderá dos cuerpos: el primero destinado al diagnóstico y prescripción del agroquímico y el segundo al diagnóstico, prescripción y forma de aplicación del mismo. En todos los casos, la misma deberá ser confeccionada por el Ingeniero Agrónomo de su puño y letra.
ARTÍCULO 41º - Las Recetas Agronómicas se confeccionarán numeradas y por triplicado:
el original quedará en poder del productor (ambos cuerpos), el duplicado para el profesional ingeniero agrónomo (ambos cuerpos) y el triplicado para el Organismo de Aplicación (ambos cuerpos).
En el cuerpo de adquisición deberán constar los siguientes datos:
a) Nombre del Ingeniero Agrónomo y número de matrícula profesional.
b) Nombre del comprador y su domicilio.
c) Localización del predio a tratar: Partido, Circunscripción y Superficie.
d) Cultivo a tratar y diagnóstico.
e) Principio activo, dosis y cantidad total.
f) Firma del Ingeniero Agrónomo.
g) Lugar y fecha.
En el cuerpo de aplicación deberá constar lo siguiente:
a) Nombre del comprador.
b) Localización del predio.
c) Cultivo a tratar y diagnóstico.
d) Principio activo, dosis y cantidad total.
e) Recomendación técnica.
f) Firma del Ingeniero Agrónomo.
g) Lugar y fecha.
En caso de ser necesario, el profesional queda autorizado a ampliar las recomendaciones técnicas en folio aparte consignando su firma, sello y el número de receta correspondiente.
ARTÍCULO 42º - Los establecimientos autorizados a vender agroquímicos, sólo podrán efectuar su expendio contra la presentación del primer cuerpo de la receta agronómica debidamente confeccionada conforme a lo prescripto en el Art. 41.
ARTÍCULO 43º - El establecimiento habilitado para la venta, de acuerdo a la presente reglamentación, deberá archivar la Receta Agronómica por el término de dos años, en la cual deberá consignar el número de remito y factura de venta. A su vez en la documentación antes mencionada deberá constar el número de la receta correspondiente.
ARTÍCULO 44º - El profesional Ingeniero Agrónomo podrá a los fines de producir un diagnóstico real y precisar el tratamiento racional, realizar la visita al campo, quedando librado a su propio criterio y responsabilidad dicha decisión.
ARTÍCULO 45º - Toda persona física o jurídica que utilice agroquímicos en la provincia de Buenos Aires tendrá la responsabilidad de presentar la receta agronómica confeccionada por el profesional autorizado a tal fin ante el organismo de Aplicación. Exhibiéndose en tal caso, el cuerpo correspondiente a indicaciones de aplicación, que tendrá a tal efecto, una vigencia de 60 días de prescripción.
ARTÍCULO 46º - El Organismo de Aplicación podrá entregar recetas agronómicas sin cargo a los Organismos Oficiales que lo soliciten para fines específicos.
ARTÍCULO 47º - Exímese del requisito de la Receta Agronómica obligatoria a la venta de los siguientes grupos de productos:
a) De uso y venta profesionales: inoculantes, fertilizantes, coadyuvantes y Bacillus sp.
b) Las especialidades de terapéutica vegetal integrantes de la línea jardín uso doméstico comprendidas en el inciso a) del Art. 7º de la Ley 10.699, equivalente a la clasificación toxicológica C y D establecidas por Disposición 11 del Servicio Nacional de Sanidad Vegetal.
ARTÍCULO 48º - Fíjase el veinte por ciento (20%) del arancel de la Receta Agronómica obligatoria que fije el Consejo Profesional respectivo de jurisdicción provincial, el porcentaje que retendrá el Ministerio de Asuntos Agrarios a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires y que deberá hacer efectivo el Director o Asesor Técnico, al retirar cada talonario de recetas.
ARTÍCULO 49º - Apruébase el formulario tipo de Recetas Agronómicas que como Anexo 1 pasa a formar parte integrante del presente Decreto.

VII - TOXICIDAD, CARENCIA, RESIDUOS Y FORMULARIOS
ARTÍCULO 50º - El Organismo de Aplicación podrá hacer las evaluaciones cuando crea conveniente, de los efectos tóxicos, fitotóxicos, directos e indirectos y otros riesgos que puedan ocasionar determinados agroquímicos para los seres vivos y el medio ambiente donde se los utiliza.
En caso de detectarse los efectos perjudiciales mencionados en el párrafo anterior, se suspenderá la venta y el uso del producto cuestionado previamente, mientras se realizan los trámites pertinentes a nivel nacional para su exclusión o restricción de uso de la nómina de productos autorizados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
ARTÍCULO 51º - La aplicación de los plaguicidas sobre todos los cultivos, se realizará respetando los períodos de carencia establecidos en las Leyes Nacionales 18.073 y disposiciones complementarias vigentes o las que se dictaren en el futuro.
En el caso de detectarse mediante análisis de laboratorio, en productos y subproductos agrícolas, tanto en cosecha, transporte, comercialización o industrialización, que los mismos contienen residuos de plaguicidas que excedan los establecidos por las normas legales nacionales vigentes, serán inmediatamente decomisadas y destruidas sin perjuicio de las multas a que diera lugar dicha infracción.
ARTÍCULO 52º - El Organismo de Aplicación estará facultado para realizar los muestreos y análisis correspondientes a efectos de verificar el cumplimiento de las normas nacionales vigentes en lo que respecta a envases, etiquetas y marbetes, como así también que el producto corresponda a las especificaciones que figuran en los respectivos marbetes.
ARTÍCULO 53º - La fiscalización de los establecimientos o empresas dedicadas a las distintas actividades mencionadas en el Art. 2º de la Ley, será efectuado a través de los técnicos del Organismo de Aplicación munidos de la credencial correspondiente.

VIII - DE LA CUENTA ESPECIAL
Artículo 54º - Créase la Cuenta Especial Nº10.699 a la que ingresarán los fondos provenientes de la aplicación de la misma y de la presente reglamentación, los que deberán ser afectados a las siguientes finalidades:
a) Costear los gastos que demande el cumplimiento de la Ley.
b) La promoción, divulgación, educación y extensión de los aspectos referidos a los agroquímicos y el control integrado de plagas.
c) El perfeccionamiento y adiestramiento del personal profesional, técnico y obrero del área competente del Ministerio de Asuntos Agrarios.
d) La realización por parte del Estado de trabajos de control de plagas en predios particulares, con la obligación de los titulares de estos últimos, de reembolsar los gastos efectuados.
e) Patrocinar las realizaciones de planes de trabajo y/o investigaciones sobre aspectos vinculados a los agroquímicos.
f) Creación, mantenimiento, funcionamiento de los laboratorios de análisis de agroquímicos y residuos de plaguicidas. Creación y mantenimiento de Centros Toxicológicos.
g) Costear fiscalizaciones regionales juntamente con organismos específicos del ámbito provincial y/o municipal.
IX - DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 55º - A los fines de la mejor aplicación de la presente reglamentación, el Ministerio de Asuntos Agrarios podrá celebrar Convenios con el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 56º - La Autoridad de Aplicación podrá requerir la colaboración de los Municipios siempre que cuente con la infraestructura necesaria, previa capacitación del personal afectado al servicio.
ARTÍCULO 57º - En caso necesario, el Ministerio de Asuntos Agrarios podrá coordinar con las autoridades competentes de la Nación y otras provincias, las acciones inherentes al logro de las finalidades de la Ley 10.699 y por la presente reglamentación pudiendo celebrar Convenios a tal electo.
ARTÍCULO 58º - Facúltase al Ministerio de Asuntos Agrarios a dictar las demás normas complementarias que fueren necesarias para la presente Reglamentación.

X - DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 59º - Deróganse los Decretos 7584/63,12314/63 y su modificatorio 2264/65.
ARTÍCULO 60º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Asuntos Agrarios.
ARTÍCULO 61º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese al "Boletín Oficial" y pase al Ministerio de Asuntos Agrarios, a sus efectos.



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ODENANZA Nº 2642 / REGULACION EN MATERIA DE AGROQUIMICOS EN EL MUNICIPIO DE GENERAL VIAMONTE


LOS TOLDOS, 7 de Agosto de 2007.-

VISTO:
La legislación vigente en materia de uso y acopio de Agroquímicos y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario que nuestro municipio adopte su reglamentación de acuerdo a la misma;
Que se hace imprescindible prevenir problemas sanitarios a la población;
Que los peligros para la salud humana originados por el mal uso de fertilizantes y agroquímicos, son graves y a veces irreparables;
Que evitar la contaminación de alimentos y medio ambiente; como agua, suelo, y aire es necesario y urgente haciendo un uso correcto de los mismos.;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades y atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente:


ORDENANZA

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES


ART 1) Con el objeto de evitar la contaminación de los alimentos, del ambiente y de preservar la salud en general, quedan sujetos a las disposiciones de la presente ordenanza y su reglamentación los actos derivados de la fabricación, almacenamiento, transporte, expendio, utilización y aplicación de productos químicos y biológicos (comúnmente llamados agroquímicos) que se empleen en las prácticas agrícolas y en tratamiento en zonas urbanas del Partido de General Viamonte.

ART 2) A todos los efectos legales se entenderá por agroquímicos a las sustancias naturales o sintéticas de uso agrícola, de acción química y/o biológica, que tienden a evitar los efectos nocivos de especies vegetales o animales sobre los cultivos, como también aquellas sustancias susceptibles de incrementar la producción vegetal y los que por su extensión se utilicen en saneamiento ambiental.
Se deja constancia que quedan equiparados y/o comprendidos en la definición de agroquímicos los siguientes términos: plaguicidas, herbicidas, fungicidas, insecticidas, biocida y/o productos fitosanitarios.

ART 3) Establécese que las habilitaciones, transferencias y/o traslados de comercios que se dedican a las actividades previstas por el Articulo 1, quedan condicionadas al cumplimiento de la presente Ordenanza, su reglamentación y a la Ley Provincial de Agroquímicos de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.699/88 y su Decreto Reglamentario Nº 499/91.

ART 4) Las personas físicas y/o jurídicas que se dediquen a las actividades expresadas en el Art. 1, como así también los equipos utilizados para la aplicación de plaguicidas por cuenta de terceros, deberán inscribirse en el Registro que al efecto pondrá en funcionamiento el Departamento Ejecutivo. Estas actividades deberán contar con adecuado asesoramiento técnico conforme a la Ley Provincial de referencia y quedarán sujetas a periódicos controles por parte de dicha repartición.

CAPITULO II

DE LAS EMPRESAS


ART 5) Toda empresa a que se refiere el Art 3, para obtener la habilitación correspondiente deberá cumplimentar con los siguientes requisitos:

(a) Presentar comprobantes de habilitación otorgado por la autoridad Provincial de acuerdo a la Ley Provincial de Agroquímicos de la Prov. de Buenos Aires Nº 10.699/88 y su Decreto Reglamentario Nº 499/91.

(b) Inscribirse en el Registro Municipal habilitado a tal fin.

ART 6) Las empresas que a la fecha de promulgación de la presente ordenanza se encuentren trabajando, tendrán un plazo de hasta sesenta días para adecuarse a los términos del presente Capítulo.

CAPITULO III

DEL TRANSPORTE


ART 7) Todo vehículo que transporte plaguicida en forma permanente, deberá exhibir en su exterior y bien visible la siguiente leyenda: “TRANSPORTE DE SUSTANCIAS TÓXICAS PLAGUICIDAS”.

ART 8) Los vehículos deberán contar con los extinguidores necesarios y apropiados para combatir potenciales incendios de la carga transportada y también el material absorbente apto para circunscribir los posibles derrames evitando su propagación.

ART 9) Los vehículos que transporten plaguicida no podrán ser utilizados para transporte simultáneo de bebidas, forrajes, alimentos, o cualquier otro producto que pueda entrar en contacto con las personas y animales.

CAPITULO IV

DE LOS EDIFICIOS Y DEPOSITOS


ART 10) El gráfico de distribución demostrará la posibilidad de movimientos razonables de los materiales, con espacio suficiente para asegurar condiciones higiénicas de trabajo y fundamentalmente libertad de acceso a los bomberos. El depósito de estos productos estará separado de las oficinas, vestuarios y comedores.
En caso contrario deberá separarse de estos mediante puerta con cierre permanente, posibilitando además el acceso directo desde o hacia el exterior.

ART 11) Edificios y Normas Edilicias: Son las estipuladas en las ordenanzas vigentes, fiscalizadas y aprobadas por la Dirección de Obras Públicas. Los depósitos, por ninguna razón podrán tener drenajes conectados en forma directa al Sistema de desagües cloacales. Cualquier afluente que en ellos se genere deberá ser neutralizado en una “cámara muerta” cuya capacidad no deberá ser inferior a 300 litros.

ART 12) Las empresas o particulares responsables del uso de estos depósitos deberán contar para su utilización con el certificado de Inspección Final, otorgado por la dirección de Obras Públicas de la Municipalidad previa verificación pertinente.
La Municipalidad remitirá copia de los planos aprobados de cada uno de los depósitos habilitados a la Jefatura de Bomberos Voluntarios de General Viamonte.

ART 13) Las empresas o particulares que a la fecha de promulgación de la presente ordenanza se encuentren funcionado deberán adecuar sus actuales depósitos en un plazo no mayor de los 6 (seis) meses.


CAPITULO V

DEL EXPENDIO Y LOCALIZACION


ART 14) prohíbase la fabricación, ventas, fraccionamiento, almacenamiento y transporte de plaguicidas, Clases A, B, C Y D en cualquiera de sus formulaciones, en los comercios habilitados para la venta directa.

ART 15) Prohíbase el fraccionamiento con destino a venta directa al público de cualquiera de los plaguicidas identificados como clase A, B, C y D en cualquiera de sus formulaciones, en los comercios habilitados para la venta directa.

ART 16) Prohíbase la tenencia y/o comercialización de productos químicos y/o biológicos Clase A, o muestras de estos, dentro del Ejido Urbano Municipal a excepción de aquellos cuyo uso y oportunidad estén expresamente permitidos por Ley Provincial o Nacional.

ART 17) La tenencia y/o comercialización de productos químicos y biológicos clase B, C, y D solo serán autorizado dentro del Ejido Urbano Municipal cuando contemplen las normas de depósito y almacenamiento establecidas por la Legislación Nacional y Provincial y a la presente Ordenanza.
La radicación de actividades comerciales permitidas, relacionadas con estos productos, serán autorizadas por el área de planeamiento urbano de acuerdo a la ordenanza de zonificación (uso de suelo). En todos los casos la instalación no se permitirá en parcelas contiguas a otros usos existentes no compatibles como hoteles, restaurantes, viviendas, escuelas y otros similares.

ART 18) Serán de libre tenencia y/o comercialización dentro del Ejido Urbano Municipal los productos químicos y biológicos definidos como Clase D, sin desmedro de lo previsto en el articulo anterior y con la excepción de aquellos productos expresamente prohibidos por Ley Nacional o Provincial.
Para su comercialización en supermercados o establecimientos que expendan alimentos, deberán ser almacenados por separado y exhibidos a una altura superior a 1,50 metros del nivel del piso. Las góndolas o estanterías no deberán estar adyacentes a productos alimenticios y deberán poseer una leyenda aclaratoria: “PRODUCTOS TÓXICOS – ALEJARSE DEL ALCANCE DE LOS NIÑOS”. LA entrega de estos productos al consumidor se hará en bolsas cerradas de polietileno o similar, las que no podrán contener alimentos de ningún tipo.

ART 19) Prohíbase explícitamente la ubicación de los depósitos en casas familiares, en predios, o cualquier tipo de depósito dentro del área urbana, como así también la tenencia temporaria de productos plaguicidas aunque los mismos fueran para uso particular y no sujetos a comercialización, y los equipos terrestres de aplicación. A los efectos de este artículo, se considerará tenencia temporaria a todo plazo superior a 7 días de la fecha de compra del producto ratificado por el remito o factura correspondiente, a partir de lo cual se habilita la intervención por parte del Juez de Faltas Municipal.

ART 20) Las empresas o particulares que a la fecha de promulgación de la presente ordenanza se encuentren funcionado, tendrán un plazo mayor de SEIS meses para adecuarse a las exigencias del presente Capítulo, presentando un plan gradual de obras.

CAPITULO VI

DE LA AERONAVEGACIÓN Y TRÁNSITO DE EQUIPOS PULVERIZADORES


ART 21) el espacio aéreo correspondiente a la zona urbanizada municipal será aérea restringida al paso de aviones con equipos de aplicación de biocida.
Las empresas agro-aéreas deberán operar a una distancia no menor a los 2000 metros de dicho radio, no pudiendo sobrevolarlo después de haber agotado su carga. Se exceptúan de esta prohibición las aplicaciones destinadas al control de plagas urbanas, como así mismo los casos de emergencia que se establezcan a nivel nacional, provincial o municipal.

ART 22) La circulación y el establecimiento de equipos pulverizadores terrestres, autopropulsados o de arrastre, será restringida de la zona urbana.
Únicamente podrá utilizarse el desvío del TRANSITO PESADO para el cruce de la ciudad., o para el ingreso a la misma en el caso de reparaciones que excluyentemente deban hacerse en zona urbana, en estos casos deberán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores.
En todos los casos se entiende que deberá transitar sin los productos activos en difusión dentro de los tanques de depósito.

ART 23) Las empresas o particulares en actividad, tendrán un plazo no mayor a DOCE meses para adecuar la ubicación de sus centros de operaciones a lo previsto por el presente capítulo.

ART 24) Las personas físicas y/o jurídicas dedicadas a la aplicación aérea o terrestre de productos químicos o biológicos por cuenta de terceros, deberán cumplimentar las obligaciones derivadas de la Ley provincial de Agroquímicos Nº 10699/88 y su decreto reglamentario 499/91. También será de aplicación para estas actividades lo previsto en el Artículo 12 de la presente ordenanza.


CAPITULO VII

DE LAS SANCIONES


ART 25) La municipalidad podrá actuar como verificador del cumplimiento de las normas vigentes en defensa del correcto uso y almacenaje de sus productos nocivos como así también la seguridad de las construcciones edilicias y los sistemas operativos empleados. Asimismo podrá construirse en demandante ante autoridad superior si se verificase incumplimiento a la Legislación Nacional o Provincial.

ART 26) Toda infracción a las normas contempladas en la presente ordenanza será sancionada conforme a las siguientes multas que integrarán la Ordenanza Impositiva vigente:
Se establecen las siguientes multas:
Las clausuras podrán ser desde 30 hasta los 180 días.
Por reincidencia se dispondrá clausura definitiva.
En todos los casos en que vencidos los plazos de tolerancia, no se cumpliera con la reglamentación vigente, se sancionará con multa y la imposición de clausura definitiva.
La autoridad Municipal, organismo de fiscalización, podrá realizar: Decomiso de los plaguicidas o productos tóxicos y de los productos potencialmente contaminados en los casos que corresponda cuando así lo indique el criterio de inspección.

ART 27) Los plaguicidas o productos tóxicos decomisados por aplicación del presente capítulo, deberán ser remitidos por cuenta del infractor del lugar y de la forma que indique el organismo de aplicación en un plazo no mayor de cuarenta y ocho (48) horas, debiendo además hacerse cargo de la erogación que significa la destrucción o desactivación de los mismos.

ART 28) Se considera reincidente. A los efectos de esta ordenanza, a las personas físicas y/o jurídicas que habiendo sido condenadas por una falta, incurrirán en otra idéntica dentro del término de dos (2) años, a contar desde la fecha en que quedó firme la Resolución condenatoria anterior, pudiendo llegarse a la clausura o inhabilitación en el Registro pertinente.

ART 29) Los funcionarios actuantes podrán requerir el uso de la fuerza pública para hacer cumplir las disposiciones de la presente ordenanza.


CAPITULO VIII

OTRAS DISPOSICIONES


ART 30) El almacenamiento de productos fertilizantes y las actividades relacionadas con la limpieza y clasificación de semillas quedan expresamente prohibidas dentro del ejido urbano de la ciudad.
Se establece un plazo de ciento ochenta (180) días para aquellas actividades que se están desarrollando en lugares no habilitados, a fin de que cesen o produzca su traslado cantados a partir de la promulgación de la presente ordenanza.

ART 31) Todos los aplicadores obligatoriamente deben hacer triple lavado de los envases vacíos utilizados y acopiarlos en un lugar exclusivo para este fin.

ART 32) Tratamiento de envases vacíos de productos tóxicos: por la presente ordenanza se faculta al Departamento ejecutivo a celebrar convenios o contratos con empresas destinadas a la recolección de residuos de plaguicidas y/o envases vacíos que pudiesen generarse dentro del partido de General Viamonte, debiendo dicho acuerdo ser ratificado por Ordenanza Municipal.

ART 33) Derogase toda otra norma que se oponga a la presente ordenanza y su reglamentación.

ART 34) elévese al Departamento Ejecutivo, tome razón quienes corresponda, Registrese y archívese.-

SALA DE SESIONES, 25 de Julio de 2007.-

CLAUDIO ROCOMA / Presidente del HCD
IRMA TORREN / Secretaria del HCD

LOS TOLDOS, 7 de Agosto de 2007.-

VISTO, Cúmplase, comuníquese, tome razón quienes corresponda, dese al Registro Municipal de ordenanzas y Decretos y archívese.-

JUAN CARLOS BARTOLETTI / Intendente Municipal
AMADEO ANGEL VILLA / Secretario Municipal



NOTA: Republicamos este texto que fue borrado por accidente. Junto con él van algunos de los muchos comentarios que había recibido esta nota (que está publicada en el número de este mes de la revista), los pocos que pudimos recuperar y que hablaban de la cuestión. Lamentamos mucho la pérdida de algunos comentarios interesante y en especial del de Jorge Herce, que daba mucha más luz al asunto. Esperemos que pueda reescribirlo.

75 comentarios:

  1. Una optica para tener en cuenta...

    Queridos toldenses: Si seguimos fumigando asi, a mi viejo no le va a quedar ni una sola abejita. Y si esto pasa, yo voy a tener que empesar a trabajar desnudo en la ruta para conseguirle el pan a mi amada familia. Digale no a quienes matan las abejitas de mi papa. ¿O usted quiere verme desnudo en medio de la nada?

    Le aseguro que soy bastante desagradable!.

    Un saludo toldense, pablito.

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  2. Que dilema. Elegir entre no contaminar los suelos o matar el hambre de la gente. Que hacemos? Si hacemos huerta orgànica la producciòn no alcanzarìa para nada, si fumigamos contaminamos medio ambiente y personas, si no optimizamos los rindes jamàs podrìamos garantizar el alimento a la gran sobrepoblaciòn mundial, si optimizamos los rindes estropeamos la salud, flora y fauna a largo plazo.

    Parece no haber muchas salidas. La poblaciòn seguirà incrementandose,la demanda de alimentos serà cada vez mayor y los suelos no seràn ya tan fèrtiles.Habrà que mudarse de planeta?

    Y ya que hablamos de soja, no es dificil darse cuenta que de las actividades campestres ya ninguna es rentable, excepto claro, por la soja, el que no hace soja no gana y el que hace soja gana mucho; Oh! esto si serìa mucho màs sencillo si se quisiera solucionar el problemita de la soja transgènica. Mi propuesta: 50% retenciones a la soja, libre exportaciòn de maiz, trigo y carne garantizando determinada cantidad a buen precio para los argentinos. Eso le conviene al gobierno? les gustarà a los productores?

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  3. es verdad lo que dice maceta.. se juega con la salud de todos. este es un pais que sobran los alimentos pero igual la hay gente que no come o come salteado y mal. porque le fumigaron el futuro y la dignidad de tener un trabajo honesto. espero no estar tan equivocado. es mi opinion saludos.

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  4. Pablito: fijate lo que dice el DECRETO 499/91 / REGLAMENTARIO DE LA LEY PROVINCIAL 10699/88 sobre la apicultura:

    "IV - DE CENTROS APICOLAS
    ARTÍCULO 16º - El Ministerio de Asuntos Agrarios, a través del Departamento de Apicultura y Granja, promoverá, orientará y facilitará la formación de Centros Apícolas en conjunto con apicultores, entidades agropecuarias municipales, según normas reglamentarias del Código Rural, sobre la tenencia y explotación de abejas.
    ARTÍCULO 17º - Serán funciones del Centro Apícola a los efectos de la presente Ley:
    1) Promover la inscripción de los apicultores en su zona correspondiere.
    2) Confeccionar un mapa apícola actualizado con los apiarios fijos y migratorios que deberán ser exhibidos en los municipios de su jurisdicción.
    3) Funcionar como nexo entre los apicultores y las empresas aplicadoras.
    ARTÍCULO 18º - Los Centros Apícolas deberán inscribirse en un registro provincial que dispondrá el Departamento Apicultura y Granja a los efectos de disponer de esta información para ser difundida y/o suministrada a las empresas aplicadoras de agroquímicos.
    ARTÍCULO 19º Cuando existan colmenares ubicados a una distancia menor de 3.000 m. de cualquiera de los límites del lote a tratar, las empresas que realicen la aplicación de agroquímicos en forma aérea o terrestre, deberán comunicar la realización del tratamiento al Centro Apícola más cercano, mediante telegrama colacionado con 36 hs. de antelación.
    Dichas empresas deberán realizar la aplicación de los plaguicidas dentro del período comprendido desde las 5 y las 10.30 hs. que le siguen al vencimiento de las 36 hs. de comunicación previa. En el caso de no existir Centro Apícola, la empresa aplicadora deberá consultar en los municipios los mapas a que se hace referencia y dar el correspondiente aviso.
    ARTÍCULO 20º - Facúltase al Organismo de Aplicación a promover acuerdos zonales y regionales entre los Centros Apícolas y empresas aplicadoras a los efectos de promover la utilización de sistemas de aviso más dinámicos y seguros con el objeto de facilitar la tarea de aplicación y preservar de siniestros a las explotaciones apícolas.


    Consultá cuál es el centro apícola de tu zona y ahí podrás radicar tu denuncia.

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  5. aca adentro del pueblo se ven fumigadores andando por todos lados cargando gas oil en las estaciones de servicio, inclusive los guardan en galpones o los dejan afuera de las casas del q los maneja. Y tambien hay empresas q venden agroquimicos q tienen los bidones en el medio del pueblo.

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  6. Interesante material, gracias LMM

    Maceta: ¿por qué si de "las actividades del campo ninguna es rentable (excepto la soja)" hay tanto trigo sembrado entre Los Toldos - Junín y más allá de la ruta 7? Sólo es cuestión de pasar y ver los lotes

    Sobre las fumigaciones... afirmar que no existe otra alternativa es de necios ¿entre tanto ingeniero agrónomo no se conoce el concepto de "agricultura sustentable"?

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  7. jeque vos tenes muuuuucha plata y esclavos para ponerlos a carpir los cultivos.
    Pone a algun ingeniro a que te explique que es la agricultura sustentable, la agricultura orgánica, la siembra directa y por último cuanto rinde se pierde por no utilizar agroquímicos, funguicidas, fertilizantes, es de NECIOS no instruirse antes de hacer una afirmacion

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  8. Ing: Si a vos te parece que los rindes (que en definitiva benefician a un sector restringido de la población) son más importantes que la salud pública, evidentemente partimos de presupuestos distintos y nunca podremos ponernos de acuerdo. Supongo que compartimos necedades entonces.

    Por cierto, mi seudónimo viene de cierto productor que prefiero no recordar.

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  9. Acá está el aporte, con algún agregado. Gracias otra vez.

    Agradezco a Antonio y a LMM el poder hablar de este tema, del que poco se dice.
    Resulta difícil aportar algo sin ser sospechado de “pensamientos ideológicos”. Aún visto desde la salud el tema es inabordable sin una mirada amplia, política, contextualizada, social. Ecológica –si se quiere-.
    Existe en nuestro pueblo un aumento de enfermedades respiratorias, de piel, cáncer y otras que se vinculan con contaminantes. Es inevitable mirar hacia los agrotóxicos en un momento donde llueven sobre nuestras cabezas, calculados en millones de litros anuales, sin control, ilegalmente (productos truchos y prohibidos también caen de los cielos), a metros de los barrios periféricos, chorreando de los mosquitos, goteando de los aviones. Un relevamiento reciente de la UBA encontró 37 diferentes agroquímicos en la cuenca del Salado, muchos de ellos prohibidos o usados en concentraciones no recomendadas. Hay en este momento reuniones de intendentes de la cuenca del río Arrecifes preocupados por la contaminación del agua con herbicidas.

    La estrella de esta agricultura industrial es la pareja soja genéticamente modificada/glifosato. Sin entrar a hablar de los organismos genéticamente modificados, no es el tema, de su indispensable compañero glifosato pueden decirse infinidad de cosas. Se sabe que es mentira “que se inactiva al llegar al suelo” y que, si a pesar de toda la documentación disponible sobre su toxicidad, siguiéramos creyendo que es inocuo puede demostrarse sin dificultad que los demás componentes de las fórmulas comerciales –el glifosato es sólo una parte del herbicida- son altamente tóxicos (agrego al final algunos datos que tal vez aclaren esto, de fuentes inobjetables).
    Los impactos sobre la salud han sido estudiados en muchos lugares. Resultan obvios en la población ecuatoriana y colombiana rociada con glifosato en el marco del Plan Colombia, destinado a eliminar los cultivos de coca del área de frontera entre esos países. Los pibes sufren serios problemas en la vista, la piel y hay ya evidencia de que desencadena mutaciones previas al cáncer.
    Parece mentira, pero las poblaciones urbanas empiezan a ser menos peligrosas que el “saludable campo”, en las poblaciones rurales de Canadá y algunas áreas campesinas de Estados Unidos hay más abortos espontáneos, malformaciones, cánceres digestivos y otras delicias de la vida rural que en Montreal o Nueva York. Sin hablar de la biodiversidad. Es más fácil encontrar “yerba del pollo” en un baldío de nuestro pueblo que en el campo.

    Hay pocos datos generados en el país sobre el tema, el peso de los negocios aplasta la evidencia cotidiana. Profesionales andan recorriendo los pueblos explicando lo saludable que son los “fitosanitarios”, ocultando que trabajan en el marketing de Fundaciones de nombres importantes financiadas por corporaciones químicas. Las mismas que hacen los agroquímicos y después te venden –caros, por cierto- los citostáticos para el cáncer.
    Alejandro Oliva y colaboradores publicaron recientemente el que creo es el primer trabajo de salud pública sobre el tema en nuestro país, se trata de un estudio que abarca poblaciones del sur de Santa Fe, sur de Entre Ríos y norte de Buenos Aires donde muestran el aumento de la frecuencia de malformaciones y de algunos tipos de cáncer en las poblaciones rurales de la región (el trabajo se publicó en los Cuadernos de Salud Pública de Brasil, y en el mismo participaron profesionales de la FAA. Hay una nota muy interesante a este investigador publicada en el diario Rosario|12 del 9/01/06).

    Cuando los mosquitos pasan por mi calle y los aviones nos sobrevuelan, ¿qué estarán pensando?. No es difícil ver a padres llevando a sus hijos a la escuela en sus camionetas cargadas con bidones de Roundup y a otros rociando con el herbicida a la gramilla que se asoma entre las baldosas de sus propias veredas.
    No se me ocurre que piensen en modificar el modelo de producción agroindustrial, sólo que piensen un ratito en sus propios pibes. Recordar aquel aforismo que dice “no hemos heredado la tierra de nuestros padres, nos la han prestado nuestros hijos”. Pero para que puedan heredar sus campos deforestados, infértiles y sin pájaros también van a necesitar de los pulmones, de la piel y hasta de sus ojos.
    La base del desarrollo sostenible no es la siembra directa, la planificación local, los subsidios, la rotación, la regionalización o el consenso, la base ¡son los pibes!.


    Yapa: Toxicología del glifosato: riesgos para la salud humana. Tal vez resulte un poco técnico, pero las fórmulas comerciales del glifosato suelen incluir:
    • Sulfato de amonio: Irritación ocular, náusea, diarrea, reacciones alérgicas respiratorias. Daño ocular irreversible en exposición prolongada.
    • Benzisotiazolona: eccema, irritación dérmica, fotorreacción alérgica en individuos sensibles.
    • 3-yodo-2-propinilbutilcarbamato: Irritación ocular severa, mayor frecuencia de aborto, alergia cutánea, daño tiroideo, alteraciones de crecimiento en tests de laboratorio
    • Isobutano: náusea, depresión del sistema nervioso, disnea.
    • Metil pirrolidinona: Irritación ocular severa. Aborto y bajo peso al nacer en animales de laboratorio.
    • Acido pelargónico: Irritación ocular y dérmica severas, irritación del tracto respiratorio.
    • Polioxietileno-amina (POEA): Ulceración ocular, lesiones cutáneas (eritema, inflamación, exudación, ulceración), náusea, diarrea.
    • Hidróxido de potasio: Lesiones oculares irreversibles, ulceraciones cutáneas profundas, ulceraciones severas del tracto digestivo, irritación severa del tracto respiratorio.
    • Sulfito sódico: Irritación ocular y dérmica severas concomitantes con vómitos y diarrea, alergia cutánea, reacciones alérgicas severas.
    • Acido sórbico: Irritación cutánea, náusea, vómito, neumonitis química, angina, reacciones alérgicas.
    • Isopropilamina: Sustancia extremadamente cáustica de membranas mucosas y tejidos de tracto respiratorio superior. Lagrimeo, coriza, laringitis, cefalea, náusea.
    • 5-Cloro-2-metil 3(2H)-isothiazolona: Daño genético, alergia.
    • FD&C Azul No. 11: Daño genético, cáncer de piel
    • Propilenglicol: Daño genético, reducción de la fertilidad, anemia

    (Fuentes: Journal of Pesticide Reform 2004, VOL. 24, NO. 4
    Dr. Jorge Kaczewer. 2002. Universidad Nacional de Buenos Aires)


    Y un par de cosas más, con la ventaja de saber ahora parte del libreto de los anónimos.
    1) Se dijo aquí que los agroquímicos son mucho menos tóxicos ahora que antes. Según CASAFE, a quienes no puede acusarse de bolcheviques, “crece el volumen de fitosanitarios pero cae su toxicidad”. Y alegremente muestran en un gráfico donde, por ejemplo, los agrotóxicos de clase II representan en 2005 el 10% mientras que en 1995 eran el 32% del total. Pero el optimismo ecológico se disuelve cuando vemos que el total de “fitosanitarios” utilizado en 1995 fue de 73 millones de l/kg y en 2005 de 236 millones. Digamos, en 1995 se usaron 23,3 millones y en 2005: 23,6. Baja su toxicidad??. Por otro lado, la historia de los agrotóxicos es reveladora de cuánto se ocultó de sus verdaderos efectos y como los daños siguen viéndose muchos años después de no usarse. También como, volviendo al “glifo” como ha sido llamado familiarmente aquí, ha tenido que ser reclasificado en varias oportunidades. Incluso los niveles de residuos tolerables han tenido que irse incrementando, deshaciendo la mentira de su “desaparición al tocar la tierra” (el máximo de residuos de glifosato permitido en cultivos o alimentos derivados era de 0.1 ppm, pero a mediados de los años noventa el máximo fue establecido en 20 ppm, un incremento de 200 veces el límite anterior!!).
    2) La soja es un commoditie, no un alimento. No “matamos el hambre de la población mundial”, se produce una materia prima que básicamente, se usa como forraje. La historia de los monocultivos –siempre justificados como la solución de las necesidades mundiales- sabemos como termina. Sobran ejemplos: café, caña de azúcar, algodón, quebracho, té, etc. La desertificación China, producto de este tipo de agricultura es otro ejemplo. El monocultivo siempre generó inequidad y más hambre, sin mencionar cuestiones ambientales y de seguridad (y soberanía!) alimentaria.

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  10. Manuela: porque no publican todos los comentarios que estaban antes del atentado al blog?
    Lo veo pesimo que se publique solo "algunos" de los que estaban, o son favores politicos???

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  11. Frigobar: se republicaron los de Pablito, Maceta y Andrés porque son los que se pudieron salvar del feed, que es un registro externo de blogger, como bien hemos aclarado al pie del post. De hecho al artículo hubo que reescribirlo porque no se pudo recuperar

    Ahora... ¿favores políticos? ¿nos estás tomando el pelo no? En todo caso, cuando haya una vacante en el poder judicial anotate y a lo mejor saciás tus ganas de ser fiscal.

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  12. Hola al blog! gracias por dejar lo que puse! Recièn hoy paso por acà.
    Jeque, nose en que te basas para afirmar que hay "tanto trigo", ¿aumentò la cantidad de trigo sembrado? Que es mucho trigo sembrado??Lo digo porque tambièn se ven muchas vacas a orillas de la ruta, y decime, como ves la ganaderìa en un par de años? tambièn en la zona toldense se divisan varios tambos, que bueno! cuanta leche!!
    Tengo la sensaciòn de que no estàs haciendo un gran anàlisis de la situaciòn.
    Seguramente la soja es un commoditie, pero que loco creer que los gobiernos quieren remediarlo.
    Saludos Jeque

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  13. me preocupan los politicos y la sociedad y yo mismo.. porque gente profecional le dedica tanto tiempo a este drama que nos preocupa a todos... herce porfavor como todos los que leemos la manuela porque no nos cerras porque das tanta informacion de este tema Y NO DAS TU OPINION Y NO DAS NOMBRES DE CULPABLES???.. no tengo campo ni nada te conosco como nos conocemos todos al que no conocemos.. lo raro y me extraña de vos es que das tu nombre. saludos respetuosos al profecional y a manuela gracias.. angelo

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  14. tiene muchisima razon frigobar yo le respondi a un comentario y saben lo mas raro es que a los 6 minutos desaparecieron todos los comentarios era anonimo. bueno espero que alguien lo lea dentro de 2 segundos.

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  15. che no jodan mas con este tema me estan re quemando.. m canbad...

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  16. Lo que me parece es que se estàn zafando demasiado. Opinemos del tema y ya. no tiene sentido lo que dicen anònimos, basta de eso, no està bueno. Lo ùnico que logran es que la gente se aleje de este blog que en realidad propone algo bueno y diferente.
    Dejemos atràs las agresiones y empecemos a charlar un poco.

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  17. que fulmiguen mitre y belgrano .

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  18. Jeque, la produccion de trigo a nivel pais en esta cosecha que se inicia, o sea ciclo 2008/2009, la produccion nacional de trigo va a caer un 45%, de producir 16.5 millones de toneladas pasa a menos de 9 millones de toneladas. Me parece que son numeros bastante significativos. A Brasil y Perú los proveía de trigo Argentina, pero con esta cantidad de producción no alcanza para ambos porque Argentina consume 6 millones de toneladas, el resto es el saldo exportable.
    En la agricultura sustentable tambien se aplican fertilizantes y agroquimicos, se llama asi porque se pretende cuidar la calidad de los suelos para que no se degraden y dejen de ser productivos. Vos querras decir "Agricultura Organica". Saludos LMM

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  19. Entiendo los números que se exponen (y que deben ser ciertos) pero repito que no es lo que yo veo cada día en la ruta.

    Por otro lado, y volviendo al post, el concepto de agricultura sustentable no se aplica sólo a preservar el suelo, sino a hacer una agricultura que sea sostenible en el tiempo, y eso implica cuidar de TODOS los factores: si la gente se enferma por el veneno que se arroja, la agricultura ya no puede sostenerse porque en algún momento va a reventar la bomba del glifosato y será tarde. Por lo tanto, este sistema no es sustentable ya que no puede mantenerse en el tiempo si acabar en catástrofe.

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  20. Una cosa más: la agricultura sustentable incluye el control de plagas, claro está. Pero lo cierto es que hay una serie de reglamentaciones que Antonio se a ocupado de recopilar y que han de respetarse. Tan simple como eso: hay leyes nacionales, provinciales y locales que reglamentan la cuestión y las que, si se cumplieran, por lo menos evitarían que se fumiguen el barrio fonavi, el barrio pueyrredón y todo el sector lindero al campo de Cota ¿es mucho pedir eso?¿o estamos condenados al envenenamiento lento y masivo?

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  21. Amigo jeque, me demorè en responder. Cuando decìs "Entiendo los números que se exponen (y que deben ser ciertos) pero repito que no es lo que yo veo cada día en la ruta" entiendo que no estàs muy empapado en el tema por lo que lo dejaremos aquì. El problema es un poquito màs complicado que eso, querìa entrar al blog con màs tiempo para contarte mas o menos algunas cosas que estàn pasando, pero no existe una forma breve para explicarlo. No busco tener la razòn asì que solo puedo exponer lo que pienso. En algùn momento que encuentre el tiempo escribirè algo màs extenso.
    Me di cuenta que no puse nada sobre la nota, que por cierto es muy buena y certera, pero no tiene que ver mucho con lo que nos pusimos a debatir.

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  22. Vinuesa es uno de ls q panfletea el pueblo y va a las radios a criticar el uso de agroquimicos en los campos y el en el suyo q queda pegado a zavalia tiene soja sembrada . Nosotros los q vivimos en zavalia q somos para el? ratas de laboratorio'?

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  23. Desmiento lo de que Aldo Vinuesa tiene soja sembrada. El solamente tiene vacas, seria el colmo que pertenesca al foro ambiental y ademas siembre soja transgenica.
    Lo de ratas de laboratorio .... buee.

    Para la proxima que Oscar se informe antes de hablar por hablar.

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  24. Zavalia todavia vive es porque el corazoncito del campo late a pesar de los nefastos gobiernos y sus politicas economicas excluyentes y castradoras, y no solo vive del campo Zavalia, tambien deberian agradecer su esxistencia Los Toldos, General Viamonte, la provincia de Buenos Aires, el pais entero.
    Yo soy chacarero y uso glifosato y fumigo con insecticidas, herbicidas y funguicidas, curo las semillas que siembro y las fertilizo, invierto y me juego en cada cosecha, hago analisis de suelo todos los anos y mantengo el balance de nutrientes. Si yo no cuido mi campo, quien me lo va a cuidar, LA MARGOT Y EL POCHO??? que estudios tiene esa gente para levantar la voz en nombre de quien???
    Me amargo cuando veo que un punado de ignorantes como nuestra presidente o los que aqui opinan se atreve a cuestionar como se deben hacer las cosas sin siquiera sospechar de que se trata.
    Estudien, trabajen, participen, pregunten, pero no entorpezcan. Si no son parte de la solucion, son parte del PROBLEMA.

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  25. chacarero a eso ya lo habia leído, yo no quiero pelear con usted, pero esta hablando pavadas, cuando se trata de una problematica del pueblo no hay ignorancia que valga, no tenés que ser ni doctor, ni ingeniero, ni abogado para darte cuenta de lo que está pasando y menos para salir hablar, informar y denunciar...entonces señor chacarero nosotros los cuidadanos comunes, la clase obrera, esta totalmente prohibida a opinar?

    (contestame antes de marzo porque si me decis que si me anoto en una carrera universitaria)

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  26. Celeste, querida, tome prestadas unas lineas de este mismo sitio de un colega chacarero de Zavalia y completé solo algunas lineas, porque coincido mucho en lo que dice...
    Lei que sos la nieta de un valuarte de la agricultura local y lamento que ya no esté Don Luis con nosotros para que él te explicara un poco de que se tratan y como actuan los agriquimicos (remedios).
    Coincido en que no deberian haber dentro de la zona urbana guarderias de maquinas pulverizadoras, ni depositos de sustancias nocivas, peligrosas para la salud ante cualquier percance, por lo cual, siguiendo la misma linea de razonamiento deberian quitar del ejido urbano las farmacias, pinturerias, ferreterias, estaciones de servicio, supermercados y cualquier negocio que venda en forma libre cloro, lavandina, acido muriatico, venenos para plagas domesticas (los mismos quimicos que los que se usan en el campo) etc etc....la experiencia muestra que hay mas muertos y heridos por accidentes incendios, combustibles, intoxicaciones con articulos comunes y corrientes que por el manejo de Remedios del agro, para los cuales se deben extender recetas agronomicas para adquirirlos, no como los antes mencioneados.
    Y sí, estas a tiempo de ponerte a estudiar algo relacioneado si esto es lo que te preocupa, seria muy bueno que alguien se dedique en serio a un tema tan delicado. Hasta ahora los que lo hacen son unos payasos que dan vergüenza ajena, y risa...no me pierdo nunca El Show de Margot en la radio con Garin y Vinuesa....jajaja, que plato, comiquisimos, IMPERDIBLE,
    Cordialmente y con respeto.

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  27. Cada vez está más claro que el glifosato hace mal. Muy mal.

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  28. "Que dilema. Elegir entre no contaminar los suelos o matar el hambre de la gente. Que hacemos? Si hacemos huerta orgànica la producciòn no alcanzarìa para nada, si fumigamos contaminamos medio ambiente y personas, si no optimizamos los rindes jamàs podrìamos garantizar el alimento a la gran sobrepoblaciòn mundial, si optimizamos los rindes tal vez estemos estropeando la salud, flora y fauna a largo plazo.

    Parece no haber muchas salidas. La poblaciòn seguirà incrementandose,la demanda de alimentos serà cada vez mayor y los suelos no seràn ya tan fèrtiles.Habrà que mudarse de planeta?"
    Esto lo puse en esta pàgina hace un tiempo y hoy vuelvo al mismo cuestionamiento. Recuerdo que hace muchomucho leì sobre la revoluciòn verde, en aquel momento la profesora nos hablaba sobre los organoclorados, la prohibiciòn del DDT y magnificaciòn biològica (cosa que recordè hace un rato revisando en mi cabezota). Yo no recuerdo exactamente como llegò el tema del glifosato a la clase, pero ella nos aclarò que era el ùnico herbicida que no habìa provocado la adaptaciòn de las plagas y que no afectaba al ser humano. Hoy me encuentro justificando de sobremanera el uso del glifo (tal vez por la explicaciòn de esta profe o porque aprendì a convivir con el y no me ha hecho nada ni a los que me rodean)..Y justifico la utilizaciòn del glifosato justamente por el planteo que hice màs arriba. Claro, respetando las ordenanzas como señalò Celeste.

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  29. Ah si, si, estamos de acuerdo, EL GLIFOSATO ES MALO, MUY MALO, PERO PARA LAS PLANTAS, porque es un H E R B I C I D A y sobretodo para las que no tienen el gen de resistencia, las hace pelota desde la punta hasta la raiz, y menos mal que eso es asi y con una sola sustancia se soluciona el problema, antes, cuando no existian los cultivos transgenicos (Maiz, soja, algodon, arroz, banana, tabaco, lechuga, tomate, papa, etc etc etc etc) habia que hacer unas mezclas temerarias para combatir todas las plagas y malezas, y no siempre con el mejor resultado. Hoy la cosa se simplifico mucho, y mas todavia con el glifosato que al contacto con el suelo se INACTIVA y NO TIENE PODER RESIDUAL. Antes en cambio se hacian aplcaciones en barbecho, otra en pre siembra, otra en pre emergencia, post emergencia temprana y otra en estado vegetativo, para hoja ancha, para hoja fina, para las que quedaron, para las que vendran......uffff...hoy hoy con 2 pasadas y mucho menos quimicos se logra un resultado increible, y esto solo hablando de las malezas.
    Tenemos para charlar un rato si hablamos de los genes que dan resistencia a determinadas familias de insectos, o a enfermedades puntuales que atacan solo a algunas especies de plantas, estan los que hacen producir mas proteina, aminoacidos, los que dan resistencia ambiental por sequias, inundaciones, estres, para que no se pudran, y hasta hay especies que fabrican vacunas contra tenanos, malaria, etc etc.
    A dios gracias que existen las plantas transgenicas que nos dan mas alimento, ams sano, mas nutritivo y menos perecedero, y menos mal que se pudieron aislar los genes que dan resistencia al glifosato, a los insectos, etc etc, lo que hace que se apliquen mucho menos quimicos porque ellos se encargan de manera natural.
    Brindo por los que miran hacia adelante, por el progreso y por los que producen, y tambien brindo para que se les aclare la mente a los necios que niegan el crecimiento y la evolucion.....SALUD!!!!

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  30. yo voto porque ganen más plata los que se rompen laburando con su propia mano!



    Chacarero si que tiene razón.
    Le cuento que En la época de mi querido lelo era totalmente otra cosa, creo que usaba el DDT que era malisimo y se fumigaba otra cosa,tambien tenia un mosquito (que por cierto habia muy pocos en Los Toldos) y cuenta mi familia que nunca en sus vidas lo vieron en el pueblo y yo tampoco recuerdo haberlo visto, después del avión no puedo decir nada porque no se si se cumplia la reglamentación.

    Bueno lo del pocho y margot no estoy de acuerdo, creo que son personas que todo el tiempo estan construyendo y aprendiendo , Margot es una mina muy interesante y siempre, desde niña, me gusto escucharla. Y el pocho es un ser divino. Sin duda son personas "que porque esten al pedo o no" se preocupan por NUESTRO ambiente y tratan de lo más bajo luchar para sanar un poquito las heridas que TODOS hacemos...


    Saludos Celestiales

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  31. El chacarero se copió el folleto de Monsanto!!! Por favor, releé la nota desde el principio. Por tu salud y la de tus pibes.

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  32. Celeste creo que lo que debería haber es una mas justa distribución del ingreso, que cada persona gane lo suficiente para poder llevar una vida digna, poder darle a sus hijos una educación justa, que no tengan que abandonar la escuela para salir a laburar y ayudar en la economia de la casa, tener una buena atencion de la salud, poder vivr en un pueblo seguro.

    Aca en Los Toldos vemos diariamente cosas mal hechas y que nadie se preocupa por que mejoren. Los fumigadores mosquitos son guardados en galpones en zonas urbanas, o los dejan en la calle en zonas pobladas. Los aviones pasan volando por arriba de la ciudad. Hay empresas que tienen agroquimicos guardados en la zona urbana del pueblo. Chacareros con las camionetas cargadas de bidones y latas de agroquimicos, etc.

    Falla el control municipal, tambien hay menores manejando autos y motitos. Los poli paran a las motitos, pero no a los autos que no tienen los papeles en reglas (muchos no deberian circular).

    Saludos

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  33. Que cosa de locos!!! Que ignorancia hay en los toldos!!! Hay que instruirse antes de opinar!! Alguien dijo que así entonces la gente común no tendría posibilidad de opinar. Estos temas son delicados y hay que haber estudiado para entender con claridad las cosas y hacer críticas constructivas que ayuden a solucionar problemas de contaminación que por supuesto nos afectan a TODOS! Es ridículo tirar contra la soja!!! Ninguno de nosotros la consume! Y encima creen que el resto de los cultivos comunes en nuestra zona no implican aplicar muchos agroquimicos!!!Acaso alguien cree que en las producciones de frutas y hortalizas no se usan plaguicidas?? Siempre hubo y seguirá habiendo gente que habla por hablar. La ridícula asociación "paren de fumigar" mal nacida desde su comienzo, ya que nadie fumiga en el campo, si no que se pulveriza agua con productos químicos en gotas muy finas sometiendo al líquido a presión!! Pulverizar!!!! Señores defensores de vaya a saber que cosa!!! Deberían ver con claridad la cuestión!! Deberían apuntar a controlar las acciones irresponsables de los aplicadores, que por ejemplo lavan sus tanques de 3000 litros en la vereda o en los patios donde guardan los pulverizadores!! O tambien el mal tratamiento de envases y ni hablar de la seguridad de los operadores!! Aunque no lo crean todavía se ven "chicos bandera" expuestos a deriva en los campos sin mascara, en pantalon corto y remera con 35 grados de calor y 30% de humedad relativa porcentual!! Una locura no? Todo aquel que ande por el campo puede dar fé de lo que digo. Quisiera saber que hace la ridícula asociación toldense ante estas injusticias!!!!!!! Mandan una carroza al corso!!!!! Por favor!!! Estudien, lean, averiguen, consulten profesionales, asesorense por favor!! Hacen un papel muy patetico y les quita seriedad!! nadie en su sano juicio, salvo gente ignorante va a creer y a defender a una asociación que ni siquiera tiene el nombre correcto! Es muy bajo lo que hacen! Solo critican desde lejos y sin ánimo de solucionar nada! Es una actitud clásica de gente que solo se queja de las cosas!! Se quejan sin saber ni entender nada!! Basta de ridiculeses!!! Dejen de usar con fines políticos a las masas ignorantes y no le metan mas odio contra la gente de campo, que en general es de lo mejorcito de la sociedad!! Tienen principios y valores que ya casi no se ven, trabajan de sol a sol como pocos!!! BASTA DE IPOCRECÍA!! Y para terminar quiero decir que a mi juicio Los Toldos está tan dividido como el país gracias a Kristina y sus subordinados!!!!! Es una pena que haya tanto odio!! Es destructivo y mas nocivo que los agroquímicos!! Saludos amigos!!

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  34. Eso: vasta de ipocrecía!!! hignorantes!!!!

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  35. Celeste voy a disentir en una cosa, es en eso que ganen màs los que trabajan con sus propias manos, estoy totalmente rodeada por gente de campo, familia, amigos, etc. y te aseguro que laburan con sus propias manos, bastarìa ver las de mi viejo. Tambien yo trabajo con mis manos aunque no tenga mucho que ver con el campo y no me quejo, mi ingreso no es el que deberìa ser comparado con las horas de dedicaciòn pero bueno, me alcanza para vivir. Sè que si hubiera elegido otra cosa vivirìa tal vez con mayor confort, pero no es mi prioridad. Con respecto al campo, he notado que hay quienes luchan por el medio ambiente por convicciòn verdadera (son los que aceptan que hay falsos ambientalistas) y quienes lo hacen solo por estar en contra(falsos ambientalistas). Los años pasados han sido buenos para el campo, no siempre fue asì y doy fe de ello. Pero la idea no es nivelar para abajo, sino que el resto de la poblaciòn tenga acceso a las mismas cosas, eso es un poco màs dificil porque se necesitan polìticas muy diferentes a las que hay, sobretodo educaciòn y capacitaciòn para todos por igual. Tambièn hay otra cosa que no se està teniendo en cuenta, Los Toldos està lleno de productores chicos y algunos medianos, la realidad es queno hay grandes productores, por mas que la mayorìa vista bien y ande en buenos autos que lograron este ùltimo tiempo y como en todo sector hay gente agradable y otra muy desagradable, engreìdos y sencillos. A los productores grandes jamàs les vamos a ver la cara en Los Toldos, a pesar de que hay grandes arrendatarios, la gente de zabalìa que andaba por el blog lo puede confirmar. A esos no les ven la cara y estoy segura que ni les importa la gente ni el medio ambiente ni otra cosa màs que exlotar lo que en estos años fue un gran negocio. Tambièn es cierto que la multinacional Monsanto ha hecho millones con el patentamiento del round up, podrìamos pedirle a Monsanto que redistribuya un poco, o a Grocopatel que por convenio con el gobierno nacional explotan 100000 hect. en Venezuela y alquilan a cualquier precio los campos de la zona. Asì hay muchisimos ejemplos que me cuesta un poco poner en letras, si hay algùn iluminado que comprenda la idea por ahi lo explica mejor.
    Saludos a todos

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  36. a los pobres fumigadores de mosquito le pagan $15 por has.


    el foro ambiental no hace más que informar a la gente, esta mal eso? claro la gente tiene que seguir ciega porque sino pierden ustedes!


    De todas formas no se alteren porque escuche decir que el tema del agrotoxico y sus reglamentos de juego no esta en la agenda de los politicos...El mismo secretario de medio ambiente me lo dijo.

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  37. Celeste, no trabajas vos?

    Besitos

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  38. Urbano, se me escapó la "h" porque estaba apurado escribiendo! Se ve que tenés poco que decir! Sobran giles como vos! Ahhh, te autodenominás urbano simplemente para hacerle contra a la gente de campo?? Me tienen podrido los resentidos como vos!!! Ahora porque al campo le va bien, todo el mundo se tira en contra!! Y en la época de menem te acordas que pasaba?? En esa época nadie odiaba al campo! Es una moda impuesta por el gobierno y un par de pseudozurdos bastante mal formados que actúan sin pensar y se movilizados por la envidia, el resentimiento y el odio hacia quienes tienen ingresos dignos! A los giles de cerebro débil se los lleva la corriente!! A vos no solo te lleva la corriente del estupidismo, sino que se te pudrió la cabeza!

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  39. 15 $/ha mas o menos vale el laburo, al aplicador lo largan sin máscara, sin filtros en la cabina,sin ninguna medidad de seguridad y no le pagan 15!

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  40. Yo no digo que estè mal el foro ambiental, soy conciente que para algunos es una piedra en el zapato pero no es asì para mì, el problema es que no estàn claros los planteos. A veces escucho a Margot en la radio y no termino de entender a que apunta, me paree super respetable lo que hace porque se ve que es a pulmòn pero la verdd es que no termino de entender. Hay mucho por cambiar. faltarìa mayor claridad, lo que plantea Roots es totalmente cierto coincido bastante con lo que dice, al margen de los agravios que me parece que estàn demàs, suele pasar cuando se escribe con tanta efervescencia.
    Aclaro que para nada estoy contra el foro ambiental, pero ya que hay integrantes que entran a la pagina por ahi nos podrìan aclarar bien los objetivos.
    Mis saludos cordiales Celeste.

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  41. En los fumigadores terrstres hay "de todo", hay equipos nuevos con cabinas herméticas con filtros de particulas, con aire acondicionado, con equipo lavamanos para quien lo maneja, con lavabidones, son equipos modernos que la mayoria son manejados por empleados y tambien hay equipos mas viejos (obviamente mas economicos para comprar) que no tienen ese confort y que en la mayoria de los casos los manejan los propios dueños, asumiendo los riesgos.

    El foro ambiental cumple un rol y debe hacer cumplir las ordenanzas sobre agrotoxicos, y sería bueno que se cumplan las normas.

    No comparto que el glifosato sea tan perjudicial como lo quieren hacer parecer. Seguramente no es bueno para la salud, pero es lo mejor que hay. Tengamos presentes que hace unos DOCE AÑOS nada mas, se usaban herbicidas muchisimo peores que el glifosato (lo explico CHACARERO). Que actualmente se sigue usando ATRAZINA en el cultivo de maiz, que es peor que el glifo porque va directamente a las napas. Hay maices resistentes al glifo que ya estan a la venta y son materiales de MONSANTO. Que hacemos los productores? no sembramos maiz RR y aplicamos atrazina? o sembramos maices RR y aplicamos glifo?

    Con los insecticidas pasa algo parecido, antes se usaba DDT, Parathion, Monocrotofós, etc eran productos terriblemente toxicos, hoy se usa cipermetrina, clorpirifós, etc. no son buenos y saludables, pero son muchisimo menos tóxico que los otros. Que hacemos no aplicamos insecticidas y producimos menos cantidades de todo (cereales, oleaginosas, FRUTAS, VERDURAS). Todas las producciones agropecuarias y de quinta tienen fertilizantes, agroquimicos e insecticidas.

    Oportunamente Maceta planteo que hacer. Opino que hay que producir alimentos con toda la tecnologia disponible.

    Saludos

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  42. Buenas!!! Quiero pedir disculpas a quien haya ofendido por haberme sacado y decir cosas que capaz no hubiera dicho de no haber leido las opiniones que se publican en este espacio! Me enferma que sean pocos los que tienen juicio propio sobre cosas tan importantes como estas! Gracias a maceta por hacerme recapacitar!! jajaja
    Saludos

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  43. Chacarero: Quien te dijo que el glifosato se desactiva ni bien toca el suelo? De Angelis? Pero porrrrr favorrrrr!!!!

    Roots: Te recuerdo que a el campo le esta yendo bien porq el gobierno cambio...justamente no es mas el carnaval de los 90...hay que tener respeto por el gobierno actual.

    Los agrotoxicos son toxicos su nombre lo dice, y no son malos solo para las plantas e insectos, son malos para todo ser, es indiscutible.El glifosato es malo...hay que fumigar como la reglamentacion lo dice, es simple.Nadie esta en contra del campo.No hay que leer asi estas cuestiones.Hay que cuidar la vida.La vida de la soja y de nuestros alimentos tambien, claro está.Hay que fumigar como se debe y es a eso a lo que el foro Ambiental y el grupo de reflexion rural apunta.A informar como se deben hacer las cosas.
    SALUDO

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  44. Bueno, a eso vamos y no es necesaria la soberbia. El grupo de reflexiòn rural y el foro ambiental, a que se resisten? eso es lo que quiero que me expliquen. No entiendo si: ¿no quieren la utilizaciòn del glifosato, de cualquier herbicida, de la polèmica soja o que se usen pero de determinada manera? De esa manera tal vez nos empecemos a orientar y lleguemos a un entendimiento.

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  45. y por otra parte, como sabe el grupo de reflexiòn rural como deben hacerse las cosas? Hay gente realmente capacitada en el tema? o dicen y sacan conclusiones sobre lo que escuchan en la tele o en la radio? como està integrado el grupo?

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  46. Ah! y me olvidaba que al campo no le fue bien gracias al gobierno (por eso pregunto si el grupo de reflexion rural està correctamente ascesorado o repiten el discurso Kirchnerista) al campo le fue bien por los precios internacionales y por las condiciones climàticas y recuerdo que cuando los campos estaban inundados sacaron una ley de emergencia que postergaba el pago del inmobviliariop por 6 meses (muy comico) y el paìs entero estaba parado. En ese entonces ya se usaba glifosato pero los del campo estaban arruinados, asì que como todos eramos pobres no habìa razon para poner el grito en el cielo. Es asì o me equivoco mucho?

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  47. Perdón chacarero, para que veas que no soy resentido y no te tomes las cosas tan a la tremenda y agradeciendo tu sabiduría, corrijo: ¡basta de hipocrecía!!!
    Otra, lo de "ahora al campo le va bien" ¿se te escapó??

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  48. es genial eso de celeste vos no trabajas!

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  49. Antes, tiempo pasado. Hay quien dice que "todo tiempo pasado fue mejor", para mi es como dice les luthiers, "...fue anterior". Antes se tiraba DDT y todos los quimicos mas arriba mencionados, antes la gente caminaba mas, hasta que un fulano encontro una piedra con un agujero que rodaba y se descubrio la rueda, hizo una carretilla, despues un carro, hoy hay BMW, Mercedes, etc Mengano aprendio a prender un fuego y consiguio cocinar, calefaccionarse y cocinar la comida (que no tenia glifosato ni insecticida), hoy tenemos gas natural microondas, luces bajo consumo. Antes se usaba vinagre o jugo de limon como anticonceptivo, de ahi tanta gente acida y agria. Hoy ya evolucionamos. Ahora podemos elejir lo embriones, el sexo, el color de pelo, seguro que a mas de un boludo urbano o anonimo lo hubieramos tirado a la basura, epro esos zafaron a la tecnologia que les yego tarde. Antes se mandaron mil un cagadas, pero dejemos de mirar atras, mejor poner la vista con el horizonte en proa. Dejemos de cagar a pedos a nuestros antepasados por las cagadas que se mandaron y miremos adelante para solucionar el futuro de nuestra desendencia.

    URBANO: anda a ensuciarte las manos con tierra al campo antes de opinar de lo que no sabes, lo unico que sabes del campo lo viste por canal rural, GIL.

    Estoy de acuerdo con que haya una mejor distribucion de la riqueza, pero creo que quien mas trabaja, debe ganar mas, teniendo en cuenta el capital, el trabajo y el riesgo. En todos los sectores de la economia a mayor riesgo mayor rentabilidad, el campo no debe quedar fuera de estas reglas.

    Roots: si consumis carne de vaca, de pollo o de cerdo, CONSUMIS SOJA, si comes golosinas, chocolates, helados, CONSUMIS SOJA, con el yogur, algunas pastas, miles de articulos comestibles comunes CONSUMIS SOJA, no creas que solo se comen las ensaladas de brotes de soja o la salsa de soja de los chinos.
    Por los chicos bandera, siempre hay algun descolgado que se queda afuera, pero ya la mayoria de las maquinas tienen GPS y computadoras que para mejorar el trabajo que haria un tipo, el chico bandera hoy por hoy es obsoleto.

    QUIEN DIJO QUE LOS ANOS PASADOS FURON BUENOS PARA EL CAMPO????????????????????
    Por un breve periodo de tiempo tuvimos la suerte de vender algunos productos a precios internacionales, inyectando esa guita en las economias locales por la adquisicion de m,aquinaria, inmuebles, vehiculos, confort, etc. hasta que la iluminada dinastia K hizo de las suyas y aqui nos tienen, ayer a la vera de la ruta, hoy peleando por no tener que volver manana.
    Hoy el campo está hecho pelota, amen de la ausencia de politica agraria de nuetra presidenta, la sequia nos termina de fundir. Hoy el campo esta quieto, agonizando, no hay lagunas, no quedan tambos, vacas? solo en los peores potreros, la cosecha fina? un desastre, la grusa? el maiz ya está cagado, con la soja de primera va a costar salir hechos, la de segunda resiste apenas y si no llueve caga tambien, y las retenciones, los intereses, los impuestos.
    EL CAMPO ESTA PASANDO UN BUEN MOMENTO????

    Quisiera ver a le gente del foro manejando un mosquito en verano, con un buzo, mascara con filtros, botas...y si a la media hora no se asfixiaron les hacemos un examen clinico porque debe ser gante bionica.
    Ah, escuche a Margot en la radio decir que ya no hay mas lombrices, jajaja, los invito a todos a clavar la pala al lado del molino donde cargo el matayuyo o en el medio del lote recien fumigado, pero el punado de lombrices que saquemos, SE LAS COMEN, jajaja.

    PRODUCTOR: dejemos de llamar Agrotoxicos a los Quimicos, son Defensivos, o Remedios, que de acuerdo a la dosis pueden ser buenos, o venenosos, como la HEPATALGINA, si tomas 30 gotas en un vaso de agua te cura la resaca, pero si te chupas un litro te deja el higado como un corcho.

    Lamentablemente hay gente que está muuuy al pedo y toma estos temas sensacionalistas, golpea la puerta de un diario, de una radio y los dejan decir o que se les viene a la cabaza sin preguntar que tipo de capacitacion o experiencia tienen en esa area, y cantidades de personas que al escucharlo lo toman como una verdad, asi se va desparramando la ignorancia, y la culpa es de todo aquel que repite un chisme, un comentario, como en cualquier otro tema, me dijo.....escuche por ahi que....viste lo que dicen en la radio....??? Poca gente seria se mete a desmentirlos porque se da cuenta que contra la boludez generalizada poco se puede hacer. Ya ven que desde aqui anonimos y ganzos solo entran a molestar.

    A LOS PREOCUPADOS POR EL MEDIO AMBIENTE: no les parece mas util ocuparse de las cloacas, de la purificadora, que manda la mierda cruda a la ex laguna de Cotta, de la calidad de agua corriente cargada de calcio, arsenico y varios otros metales pesados, lod millones de litros que tiran los regadores, el basural, la poda y mutilacion indiscriminada del arbolado urbano, de los transformadores con PCB, del desastre de hospital que tenemos, de las ambulancias, de la emigracion de jovenes, Y TENGO PARA SEGUIR UN RATO. Ocupense de problemas en serio, URGENTES, necesidades reales de solucion inmediata, no malgasten el tiempo, porque el tiempo es oro.

    Saludos.

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  50. Chacarero eh estudiado bastante durante mi carrera sobre medidas de seguridad para la aplicación de productos fitosanitarios y te puedo asegurar que las cabinas de la mayoría de los pulverizadores que andan aca en Los Toldos no tienen filtros de carbon activado como corresponde, y si los tienen están re vencidos.Son caros y aparte a nadie le calienta tenerlos o que estén en buen estado! El GPS no creo que ayude a aliviar la intoxicación.Los productos utilizados en el agro no provocan intoxicaciones agudas, sino que se acumulan en el cuerpo a lo largo de mucho tiempo y provocan enfermedades crónicas bastante jodidas! Leucemia, cancer de varios tipos, terribles migrañas, etc ,etc. La cosa es seria y debería controlarse estrictamente. Controlar la seguridad de los aplicadores y la de la sociedad en su totalidad! Tambien estraía bueno que la gente común deje de hablar al pedo y se saquen la mascara y dejen de tirar contra la soja que por si no se dieron cuenta, le dió esos años de bonanza a los K gracias a su precio internacional.

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  51. Celeste, no trabajas vos?

    besitos

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  52. celeste no trabaja porq tiene q rendir como 500 materias q se llevo a marzo!!!

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  53. Romulo y remo(que duo) que les importa? cortenlà que le quitan seriedad al asunto.

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  54. Jajaja!!!Celeste rendì las materias que màs tiempo pasa y màs dolor de cabeza te dan!

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  55. Maceta, no trabajas vos?

    besitos

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  56. Mayormente, si señor. Afortunadamente la internet llegò a mi trabajo y los puedo convinar (otro gran avance de la tecnologìa), al igual que usted por lo que veo a juzgar por los horarios que maneja

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  57. mi familia no me tiene respeto, menos lo voy a conseguir de ustedes

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  58. Maceta!! regla ortografica M antes de B !!
    COMBINAR. Te vas a tener q poner a estudiar como Cele !!!

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  59. Cierto cierto, no me percatè en el atropello. Igualmente parece que se entendiò la idea no?

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  60. No te calentès Celeste, cuando no hay nada ineteresante que decir, se llenan vacìos y eso es lo que està pasando aquì. Por eso la pregunta tonta y el chiste fàcil de algunos visitantes.
    Igual, saludos a todos

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  61. Roots, por lo que decis debes tener que ver con la Agronomia. Yo no termine la facultad, pero tengo varios anos de experiencia de laburar en mi campo y los que alquilo y con el pasar del tiempo he conocido a muchos Ingenieros burros, pelotudos y necios. No digo que este sea tu caso, no lo se, pero si se que de la teoria a la practica hay un camino que se debe transitar aplicando el sentido comun muchas veces. Es cierto que en el parque de maquinarias local hay muchas maquinas viejas, y que tal vez las nuevas no tengan todas las medidas de seguridad necesarias, sea por falta de recursos, porque el dueno es un miserable o porque simplemente ni saben que existe ese filtro. Generalmente los propietarios de las maquinas son ingenieros agronomos que manejan la cosa por telefono y el labura es cualquier negro que sepa manejar derecho, pero si alguna vez te sentaste en el tractor o apoyado desde el alambre te habras dado cuenta que se aplica con el viento tirando hacia un lado, jamas de frente y de atras, para que la proxima pasada quede a barlovento, y la deriva de lo ya pulverizado quede viento arriba, a sotavento, de esta manera no te llenas de producto ya aplicado. El Banderillero Satelital, no el GPS, te indica la pasada, y el sentido, cosa que SI EVITA la intoxicacio de los NINOS BANDERA, porque ya nbo es necesario que nadie marque las pasadas, lo hace la maquina adentro de la cabina. El riesgo esta en el manejo de los tarros durante la carga del equipo y el destino de los envases. Si alguna vez te pusiste manos a la obra e intentaste seguir todos los procedimientos que te ensenaron los prodesores que dictan sus catedras, pero que dificilmente hayan practicado lo que profesan te daras cuenta que es mas inhumano utilizar todas las herramientas de seguridad que tener cuidado (no miedo solo cuidado) a la hora de manipular cualquiera de los quimicos mas peligrosos que se te ocurran. Te quisiera ver cualquier dia de estos, con 20 a 35 grados de T cargando la maquina con un overoll (te cocinas), mascara de goma con carbones ( si no se te raja la cara te doy un premio), mascara facial o antiparras (que no se caiga, que se pueda ver), gorro, guantes de goma (que esten sanos y limpios por adentro, si no te extranes en encontrar la mugre del lado que deberia protejerte), botas de goma (te encargo el caldo, y los hongos), intentar respirar, alzar 10 o 15 bidones de glifo, unas latas de clorpirifos o dimetoato, manipular los frasquitos de fighter, abrir y verter todo eso en el tanque, enjuagar 3 veces todo eso sin que se te derrame nada, ni se te caiga el frasco, la lata o el bidon, y despues de la odisea, salgas con todo ese equipo a manejar la maquina derechito y son desmayarte hasta terminar la carga para volver al tanque del molino a reaprovicionarte. I M P O S I B L E E EE!!!!
    Los contratistas que veo, sus empleados, mi empleado, yo mismo, muchos tienen los elementos de seguridad al alcance de la mano, pero los que alguna vez lo intentamos sabemos que con solo un par de guantes y cuidado de no chorrear se acaba el problema.
    Ya dije y nombre a varios aplicadores locales que se la pasan en contacto con los agroquimicos, con maquinas nuevas, viejas, aviones, maquinas caseras, automotrices y de arrastre, etc etc, todos sanitos, vivos y coleando, a pesar de todos los anos que hace que trabajan en eso. Bueno si, Cochella se murio de Cancer, pero quien puede afirmar que fue por los quimicos y no algo genetico, o el agua de Los Toldos, o el Raid que tiraba en la casa, etc etc. (Perdon Celeste por decirlo asi, pero es un ejemplo valido).
    Habria que luchar por que el Secretario de Medio Ambiente se encargue de corroborar que todos los propietarios y los CONDUCTORES de las maquinas esten CAPACITADOS para hacerlo y habilitados por un organismo de control, hasta hoy inexistente, con severas multas y demandas penales a quien no cumpla.
    Creo que estamos tirando para el mismo lado y discutimos pavadas mientras otros se cagan de risa, fijate como en pocos parrafos quedamos debatiendo unos pocos y los demas ahora hablan de las materias, de si estudias o trabajas, pavadas, zandeces, cosas de idiotas inmaduros irresponsables. No perdamos mas el tiempo, ya dejo de ser una charla seria.
    Saludos.

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  62. Esto está terminado. Todos somos pelotudos menos el chacarero (que nunca estudió pero sabe de todo). Así es la historia, y así nos va.
    Siguiento su brillante línea de pensamiento podría decir que mi abuelo fumaba 60 cigarrillos por día y no se murió de cáncer.
    Es todo.

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  63. Ricardo Weiss: "No culpen de todo a los agroquímicos"

    Los agroquímicos entraron en el ojo de la tormenta de la agenda sectorial debido a los supuestos problemas que su incorrecta aplicación pueden tener sobre la salud humana.

    El epicentro del conflicto es un barrio periurbano de la ciudad de Córdoba, denominado Ituzaingó, donde desde hace años se viene generando el litigio entre población y agricultura.

    Los últimos casos tomados por la prensa llevaron al Gobierno Nacional a crear una comisión investigadora para analizar el asunto Sin negar las afecciones que sufre la población, la pregunta es si está comprobado que dichos problemas sean culpa de los agroquímicos.

    En este sentido, una voz que ha permanecido ausente durante la mediatización de la problemática es la de los ingenieros agrónomos, profesionales cuya incumbencia los involucra directamente. Ricardo Weiss es miembro del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Córdoba y coordinador de la Comisión de Agroquímicos.

    "Existe un desconocimiento total de la población sobre el tema de los agroquímicos y entonces aparecen pseudoecologistas que fogonean en contra de los productos", sostiene Weiss.

    "Leía en un diario que hubo gente quejándose porque una avioneta estaba fumigando a las tres de las mañana, cuando todos sabemos que los aviones pulverizadores no aplican de noche. Entonces, ahora todo es culpa del glifosato", apunta el profesional.

    -¿Cuál es la visión del problema desde la perspectiva profesional?

    -En nuestra vida cotidiana vivimos rodeados de elementos potencialmente peligrosos, incluso como puede ser un auto, el gas o la electricidad.Y sin embargo no nos asusta, porque su uso está regulado. Con los agroquímicos pasa algo similar. La regulación no será la mejor del mundo pero es bastante buena; lo que pasa es que ni la cumplimos ni la hacemos cumplir adecuadamente. Durante muchísimo tiempo el Estado estuvo ausente del uso de agroquímicos, permitiendo el mal uso de los productos, y ahora hay que revertir esa situación. Por otra parte, esa ausencia generó una inseguridad total en la gente.

    -¿Cómo es el marco normativo de los fitosanitarios en Córdoba?

    -La provincia tuvo una ley en 1981, es decir dictada durante el gobierno militar, que se reglamentó en el 83 con la democracia. Luego empezaron a ponerles parches hasta que llegamos a la década del 90, de tal forma que ni las autoridades podían saber qué estaba vigente y qué no de esa ley. Por eso se decidió hacer una nueva ley que es la que salió en 2004.



    -¿Qué características tiene la nueva ley?

    -La norma tiene dos enfoques fundamentales. Uno es que el problema potencial arranca a partir de que se abre el envase y se lo libera al ambiente; entonces se hizo hincapié en la aplicación, en la receta agronómica, en las obligaciones que tiene que seguir el aplicador.El otro eje es la capacitación: son sustancias peligrosas que deben ser utilizadas con cuidado. Incluso el ingeniero agrónomo debe capacitarse y actualizarse periódicamente. También el que conduce la pulverizadora, que debe saber qué productos está utilizando.

    -¿Qué pasa con el tema de la distancia mínima?

    -Es común hablar de las distancias mínimas: "prohíbese la aplicación a tantos metros..., bla, bla, bla", pero eso no sirve para nada, es para engañar a la gente. Da una falsa sensación de seguridad.

    -¿Por qué?

    -Porque yo puedo aplicar a unmetro de una casa, poner tarjeta hidrosensible y comprobar que no llega ni una sola gota. Claro, esto si hago las cosas bien. Por el contrario, puedo aplicar a 3 km y que el producto llegue hasta ahí. Tengo fotos de pericias de cultivos afectados por glifosato que se estaba aplicando a casi 4.000 metros de distancia. La nube de 2-4D éster puede volar a 4 km. Lo único que otorga protección a la gente es el control profesional de la aplicación.

    -¿Cómo fue ese caso?

    -Era un lote de maíz separado de otro por la ruta. Desde donde comenzaba el lote hasta el final había un trecho de casi 4.000 metros. Y en la otra punta había soja, así que no pudimos evaluar si había daño en ese cultivo. El daño fuerte se produjo en los primeros 200/500 metros. Pero a 3.500 metros todavía veíamos plantas afectadas, con lo cual el producto llegó hasta ahí. ¿Qué pasó? Fue un estúpido que aplicó glifosato con avión, con un viento norte de 40 km/hora.

    -¿Cómo es la situación en Ituzaingó, epicentro de esta polémica por el uso de agroquímicos?

    -Es una situación cuanto menos muy particular. Si uno habla con la gente de Ituzaingó resulta que están todos enfermos por culpa de los agroquímicos. Pero utilizan calefones a leña que en verdad funcionan quemando envases descartables de gaseosa, es decir viven envueltos en una nube de dioxina. Por otra parte, el barrio está asentado sobre un viejo depósito de residuos de la fábrica de autos, donde hay pinturas que contienen cromo, y sacan agua de pozo. También tuvieron transformadores con PCB, que goteaban. Pero resulta que la culpa es del endosulfán, cuando el productor hace una aplicación al año o, en el peor de los casos, dos

    -Por otra parte, si hubiera una población en riesgo por el uso de los agroquímicos serían los mismos aplicadores que pasan la vida en contacto con los productos, por más precaución que tomen.

    -Pensá también en los quinteros de los cinturones verdes en todo el país. Andate a una zona de quintas y vas a ver la casa, dos hectáreas de chacra, otra casa, la iglesia. Esa gente tendría que estar toda muerta o sufriendo deformidades. Y tenemos otro problema muy grave, que me decía un médico toxicólogo: toxicología en la UN de Córdoba es una bolilla de medicina legal. Es decir que los médicos que no se dedican a la toxicología como especialidad deben saber poco y nada. Pero si les cae un paciente con una cosa rara, entonces enseguida la culpa es del agroquímico. Cualquier sarpullido puede ser atribuido al agroquímico.

    -¿Qué debería hacerse de acá en más?

    -Control y sanción, algo que nunca se hizo bien. Pero el Estado en sus tres niveles, nacional, provincial y municipal debe ponerse en regla.En nuestra provincia el Ministerio de Agricultura está haciendo las cosas bastante bien, no todo lo bien que quisiéramos, pero si lo comparamos con gestiones anteriores está bastante bien. Pero a nivel municipal se hace poco o nada. El municipio de Córdoba se lanzó a pedirle a la Justicia que prohíba las aplicaciones, pero, ¿quién controla que no se hagan? Eso lo tiene que hacer el municipio. En el caso de Ituzaingó, está rodeado por tres campos de tres productores. ¿No puede controlar tres campos la municipalidad de Córdoba? Por otra parte, hay una burocracia que es absurda. La ordenanza municipal plantea que cuando es una aplicación periurbana hay que pedir autorización al municipio, con 20 días hábiles de anticipación. ¿Y cómo sé que en 20 días hábiles voy a tener la plaga? O si tengo la plaga, ¿qué cosecho 20 días después? Es decir, ponemos normas incumplibles y después acudimos a la Justicia para que prohíba.

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  64. Chupate esta mandarina!!!!!!

    Es casi lo mismo que veniamos diciendo con Roots. Gracias por el aporte Anonim@

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  65. HAGAMOS ALGO JUNTOS, UBRE Y CAMPO, PARA INTENTAR UN USO SUSTENTABLE DE NUESTROS RECURSOS, PARA UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA, TODOS RESPIRAMOS EL MISMO AIRE.
    ESTARIA BUENO DISCUTIR PARA LOGRAR DESDE DIFERENTES PLANTEOS, UNA SALIDA MEDIANAMENTE ARMONIOSA, Y NO RIDICULA E INUTIL RIVALIDAD. SI HABLAMOS DE RECURSOS QUE NECESITAREMOS SIEMPRE PARA VIVIR (AIRE, AGUA, TIERRA, ETC), QUIZAS EL PUNTO DE PARTIDA DEBA SER CÓMO CUIDARLOS, PRESERVARLOS. IMPORTA ADEMAS , CREO, PENSAR EN NUESTRA SALUD, EN LA DE LOS QUE VIENEN... ENTONCES, ¿DE QUE MANERA PODEMOS LOGRAR UN USO MAS INTELIGENTE Y RESPONSABLE DE LOS AGROQUIMICOS, COMO ES ESTE EL CASO? INFORMAR, DENUNCIAR EL MAL USO, ME PARECE UN AVANCE...

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  66. Barrio Ituzaingó Anexo, Córdoba capital
    - Ubicación: Barrio localizado en los márgenes de Córdoba capital
    - Población: 5000 hab.
    - Condición socio económica: humilde con un alto índice de población infantil
    - Problema: edificación del barrio sobre residuos industriales, suministro de agua contaminada por espacio de 20
    años, presencia de PCB y plaguicidas utilizados en las continuas pulverizaciones que se realizan sin control en
    los campos de soja colindantes al sector.
    - Análisis de suelo: se encontró Malatión, Clopirifós, Alfa-Endosulfan, Cis_Cloedano, isómero de DDT, Beta-
    Endosulfán y HCB.
    - Estudios de tanques de agua de los domicilios: se encontraron agroquímicos (Endosulfán y Heptacloro) y
    metales pesados (plomo, cromo, arsénico)
    - Cantidad de enfermos de cáncer: 200
    - Otras enfermedades registradas: Lupus, Púrpuras, Anemias Hemolítica, Artritis Reumatoide, alergias
    respiratorias y de piel, enfermedades neurológicas y endocrinas, casos de malformaciones como Síndrome de
    Fryn, Espina Bífida, malformaciones de riñón, en fetos de embarazadas y Osteogénesis.
    - Marzo 2006: Estudio realizado por la Dirección de Ambiente de la municipalidad local sobre un total de 30 niños
    examinados 23 llevan en su sangre alfa hexaclorociclohexano que son pesticidas persistentes. Este plaguicida
    esta prohibido. El encargado del estudio, Edgardo Schinder, epidemiólogo y ex presidente de la Sociedad
    Argentina de Medicina Ambiental, advierte que el problema de contaminación ambiental persiste y sugirió como
    solución la relocalización del barrio.
    - Organización del barrio: a fines de 2001 un grupo de madres comienzan a hacer relevamientos de enfermos
    casa por casa, presentaron la denuncia en las secretarias de Derechos Humanos y Medio Ambiente y en el
    Ministerio de Salud de La Nación.
    - Acciones de la autoconvocatoria de los vecinos: cortes de rutas, solicitaron estudios de sedimentos de tanques,
    de suelo, de transformadores, de aire y de campos magnéticos que los realizó el gobierno por falta de recursos
    de la población, hasta que el epidemiólogo Schinder realizó un estudio paralelo.
    - Acciones del gobierno provincial: Eliminación de PBC en toda la provincia de Córdoba, una ordenanza
    Municipal que prohíbe la fumigación aérea en la capital de Córdoba que nunca se cumplió, la incorporación del
    barrio a la red de agua de la capital, la inauguración de dos centros de salud, promulgó una ley de
    agroquímicos que no ha sido reglamentada ni publicada en el boletín oficial. Declaró el estado de emergencia
    de sanitaria del Barrio que establece una distancia mínima de 2.500 metros sin fumigar alrededor del barrio.
    Esta medida no ha sido implementada por los productores, que ni siquiera respetan los 500 m de distancia que
    establece la ley provincial.

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  67. Exelente anònimo! me sumo a tu propuesta y felicitaciones por el hallazgo.

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  68. Control Señores. CONTROL!

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  69. quien tiene que investigar ese tipo de cosas es la fiscal lizazo quien escribio un articulo en ultimo nro. de manuela, inclusive tambien con el tema cavadini y su acto criminal...investigación, me llegó el comentario que èlla es quien le alquila la vivienda a cavadini.
    Carlos S. M.

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  70. Anónimo2/2/09, 2:19

    Tanto q se preocupan por el control de las motos, los cascos, etc a las 6 de la tarde, porq no hacen operativo durante y al termino del corso?? todos alcoholizados manejando (menores la mayoria)
    Usando las palabras de anonimo: CONTROL,SEÑORES, CONTROL!!!

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  71. ahora los productores van a empezar de nuevo a fumigar sus campos con glifosato y otras cosas, pero no se aplica la ordenanza. Yo paso por varios terrenos baldios y galpones donde hay fumigadores guardados y hay casas cerca.

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  72. Muchos de estos muchachos , hace más de cincuenta años vienen escribiendo "VIVA EL CANCER", lo que todavía no entendieron es que el cáncer no discrimina por clase social.Sigan con el glifosato y después me cuentan si la billetera y la Hilux los salvó.

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  73. DIGO YO...HACE MUCHOS AÑOS EXISTIA EL GLIFOSATO Q TANTO JODEN Y TANTOS OTROS QUIMICOS Q SON "PELIGROSOS" PARA LA SALUD HUMANA?PQ MAIZ,TRIGO,SOJA,AVENA,ETC. HABIA IGUAL NO?Y LOS CAMPESINOS DE Q CARAJO SE QUEJAN?HE VISTO CERRAR KIOSCOS,ALMACENES,LIBRERIAS,VERDULERIAS,FABRICAS...PERO NO VI NINGUN CAMPESINO FUNDIDO VENDER CAMPO,NI TRACTORES,COSECHADORAS,SEMBRADORAS,CAMIONETAS 4X4, AL CONTRARIO LA MAYORIA HAN CAMBIADO CASI TODO POR MODELOS MAS NUEVOS Y MUCHOS HAN HECHO FORTUNAS EN MUUUUYYYYYY POCO TIEMPO, Q SUERTE NO? MUCHACHOS DEJEN DE ATENDER TANTO LOS BILLETES Y ATIENDAN MAS A SU FLIA. Q MUCHOS LAS HAN PERDIDO POR NO ATENDERLAS.-

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